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Las «big four» que inspeccionen a bancos podrán auditarlos a los seis meses

Los inspectores del Banco de España critican el uso de auditores privados por parte del BCE

Imagen de archivo de la sede del Banco de España en Madrid ABC
Moncho Veloso

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El Banco Central Europeo (BCE) ha fichado a nueve firmas de auditoría y consultoría, entre ellas Deloitte, EY, Pwc y KPMG, las llamadas «big four» , para que complementen a los inspectores públicos en sus tareas de inspección presencial o «in situ» de los bancos. Para garantizar la independencia de estas compañías en ese trabajo, pues suelen auditar y asesorar a esas mismas entidades financieras, el supervisor bancario europeo ha fijado un plazo de seis meses mínimos para que puedan volver a contratar con la entidad a la que han inspeccionado.

Se trata, según un informe jurídico elaborado por el catedrático de Derecho administrativo de la Universidad de Córdoba Manuel Izquierdo a petición de los inspectores del Banco de España, de un periodo muy inferior a los dos o cinco años que ahora mismo fija, por ejemplo, la legislación española. «Como el legislador español es consciente de que esta actividad de colaboración por parte de auditores de cuentas, sociedades de auditoría o sociedades que ofrecen servicios de consultoría puede verse comprometida en su independencia o imparcialidad por otros servicios que presten estas mismas entidades, establece una serie de incompatibilidades», dice el informe, citando dos normativas que establecen una incompatibilidad de dos y de cinco años según el caso.

Los inespectores lo ven una intromisión

Lo cierto es que el uso de auditores privados y la nueva fórmula de acceso a la carrera de inspector tanto el BCE como en el Banco de España a raíz de la puesta en marcha de la unión bancaria y la supervisión común en 2014 es un episodio más en la ya tradicional guerra entre la Asociación de Inspectores y Auditores Informáticos (AIBE) del supervisor español y la cúpula del organismo. El informe de Izquierdo ha sido entregado por el cuerpo de inspectores a la comisión de investigación de la crisis en el Congreso de los Diputados, y su conclusión es que «no existe en la legislación europea de Mecanismo Único de Supervision ninguna habilitación expresa de alcance general que permita el empleo de estas entidades privadas colaboradoras».

El reglamento, eso sí, sí contempla esta posibilidad para el caso concreto de las inspecciones «in situ». Al respecto, la crítica fundamental del autor del informe y por extensión de los técnicos del Banco de España es que esa autorización encarga a los auditores las mismas funciones que a ellos y, además, otorgándoles los mismos poderes. «No sólo es que el personal de estas entidades privadas vaya a realizar actividades materialmente idénticas a las realizadas por el personal inspector del BCE o del Banco de España, sino que, además, formalmente, aparecen investidos de la misma potestas o autoridad», explica Izquierdo.

Este informe jurídico fue presentado al Parlamento días antes de que el gobernador del Banco de España, Luis María Linde, compareciese por segunda vez ante la comisión de investigación de la crisis, donde los propios inspectores ya habían criticado el nuevo marco supervisor europeo y que el proceso de selección de personal no siempre prima los conocimientos . «Todo lo que sea salirse del MUS o tratar de cambiarle las normas a los demás son fantasías», dijo entonces el máximo responsable del supervisor nacional en referencia a las pretensiones de los inspectores españoles, en referencia a que España es un socio más dentro del supervisor. «Todo lo que sea combatirlo, denigrarlo, despreciarlo o hablar mal de él (del marco supervisor europeo) es un grave error, es un disparate», espetó, llegando a calificar también de «infundios» las críticas de los inspectores al nuevo proceso de selección de personal del supervisor. «Es algo distinto, sí, pero es igual de duro y riguroso», insistió.

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