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CAMPAÑA DEL IRPF 2017

Consulte aquí la guía para realizar la declaración de la Renta

El Fisco devolverá 9.468 millones de euros este año a 13,8 millones de borradores

Casi 20 millones de contribuyentes se preparan para rendir cuentas al Fisco ABC
Javier Tahiri

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Casi 20 millones de contribuyentes se preparan para rendir cuentas al Fisco un año más por tierra, mar o «app». Esta campaña no presenta grandes novedades, ya que las rebajas de impuestos ya se aplicaron por completo en 2016, pero pese a ello siempre aguardan nuevas dificultades . El Consejo General de Economistas y Asesores Fiscales del Reaf han elaborado una completa guía con los principales descuidos y consejos para acomodar la cita con el Fisco.

Junto a ello, la Agencia Tributaria ha introducido dos innovaciones en la campaña de este año para facilitar la presentación . La primera es que con una aplicación permite la posibilidad de confirmar el borrador de Renta con un solo clic a través del móvil para 4,85 millones de contribuyentes. El Reaf alerta a los interesados de que vigilen bien la opción de declaración que les presenta el Fisco para evitar sustos innecesarios y no confirmar datos incorrectos. Junto a ello, está el servicio «Le llamamos» con el que se pueden fijar citas telefónicas en franjas de quince minutos de 9 a 20:30 horas. La Agencia le llamará y así evitará tener que acudir a las oficinas del Fisco, que comenzarán a recibir contribuyentes desde el próximo 10 de mayo. La Agencia Tributaria prevé devolver este año 9.468 millones de euros a 13,8 millones de declaraciones . Una de cada cuatro declaraciones es por ingresos entre 12.000 y 21.000 euros, con un 80% menor a 30.000. A quien le saldrá a devolver seguro, por primera vez desde 2006, será al propio Fisco: ingresará 153 millones más de los que reembolsará.

Revisar antes de confirmar el borrador

Antes de confirmar el borrador, preste especial atención a la titularidad real de bienes y derechos a efectos de los rendimientos de cuentas, de activos financieros o inmuebles, de imputación de rentas inmobiliarias, circunstancias personales y familiares si hubieran cambiado y rentas por las que no ha tenido que retener el pagador, ya que de las mismas no se habrán facilitado datos a la Administración. No pierda de vista las declaraciones de los cinco años anteriores , por si hay alguna revisión inesperada.

Bonistas del Popular

La Agencia Tributaria emitirá más de 300.000 avisos en el borrador de la declaración de la Renta para que los que aceptaron los bonos de fidelización ofrecidos por el Banco Santander a cambio de las obligaciones que tenían del Banco Popular, los declaren. El valor razonable de los bonos de fidelización entregados se considerará rendimiento del capital mobiliario en especie a integrar en la base imponible del ahorro y será susceptible de compensación con los rendimientos del capital mobiliario negativos que hubiera obtenido el titular, entre otros, con el generado en el canje de las obligaciones subordinadas del Banco Popular por acciones del Banco Popular para su inmediata amortización.

Cláusulas suelo

Muchos contribuyentes incluirán en su declaración lo percibido por la devolución de las cláusulas suelo. Solo se integrará en su declaración cuando los importes de las cláusulas reembolsadas formaran parte en el pasado de la deducción por compra de vivienda habitual, para los ejercicios no prescritos. Si la devolución se ha hecho en efectivo, se pierde el derecho a las deducciones aplicadas . El contribuyente deberá regularizar estas cantidades con Hacienda en el ejercicio en el que se produjo el acuerdo con el banco, la sentencia judicial o el laudo arbitral. En todo caso no se exigen intereses de demora. Si el reembolso no se ha recibido en efectivo sino que se destina a amortizar la hipoteca, ni se debe regularizar ni lo devuelto formará parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual. También se deben regularizar las cantidades incluidas como gasto deducible en años anteriores (desde 2013). No habrá sanción o intereses de demora o recargo alguno por este supuesto. Las indemnizaciones o intereses adicionales recibidas no tributan.

Dietas y gastos

Si por su trabajo recibe dietas y asignaciones para gastos de viaje por los que puede no tributar, guarde –usted o su empresa– los justificantes de los gastos o desplazamientos . Es muy probable que Hacienda se los exija en un procedimiento de comprobación

Planes de pensiones: hasta 8.000 euros

La reforma fiscal de 2015 redujo la cantidad máxima que se puede aportar a planes de pensiones: pasa de 10.000 a 8.000 euros , siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas. También se ha reducido en la base imponible las aportaciones a planes de pensiones realizadas por el cónyuge del contribuyente cuando este perciba rendimientos del trabajo o de actividades económicas inferiores a 8.000 euros. Aunque en este caso, el límite de la aportación ha aumentado de 2.000 a 2.500 euros.

Deducciones por vivienda: antes de 2013

La deducción por compra de vivienda habitual se mantiene para las operaciones anteriores a 2013. La bonificación permite deducir un 15% de un máximo de 9.040 euros .

Alquiler y propietarios

Si tiene un inmueble alquilado y se le quedó vacío en algún periodo del año pasado, tenga en cuenta que, por ese tiempo, habrá de imputar rentas inmobiliarias y no puede deducir ningún gasto –ni siquiera la parte proporcional del IBI–, excepto los de preparación del piso para volver a arrendarlo. Si no lo ha alquilado por temporadas, se puede reducir un 60% de los rendimientos. Además se puede deducir el gasto de sustitución de elementos como instalaciones, ascensor o puertas de seguridad y el de amortización de la construcción. Si alquila un piso turístico , incluya los rendimientos: el Fisco emitirá más de 136.000 avisos para los olvidadizos.

Indemnización: hasta 180.000 euros

Si le han indemnizado por un despido improcedente, o por causas técnicas, organizativas, de producción o fuerza mayor recuerde que no tributará por la indemnización que no supere 180.000 euros. Si la indemnización por despido excede esta cuantía, seguramente podrá aplicar la reducción por irregularidad del 30%, y tributar solo por el 70% de la renta obtenida , salvo que se fraccione en varios años.

Deducciones para familias

Las familias numerosas y con discapacitados a cargo pueden pedir las ayudas familiares de 1.200 euros o, incluso, de 2.400 para las de categoría especial, por ejemplo, el caso de aquellas con más de cinco hijos. Estas bonificaciones se podían solicitar de forma anticipada a razón de 100 euros al mes . La ayuda es de 2.400 euros para familias con más de cinco hijos. Las situaciones que contempla: en primer lugar, para las familias numerosas (es decir, con tres o más hijos); en segundo lugar, para aquellas con hijos o ascendientes a su cargo con alguna discapacidad superior al 33%. También se aplicará la desgravación para aquellas familias que tengan dos hijos y uno de ellos tenga alguna discapacidad reconocida.

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