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RENTA 2015

Claves para adelantar la próxima declaración de la Renta

La campaña 2015 arranca la semana que viene y se prolongará hasta el 30 de junio

Una oficina de la Agencia Tributaria EFE

J. T.

La Campaña de la Renta 2015 comienza en unos días y aplicará algunas de las novedades que introdujo la reforma fiscal que entró en vigor el año pasado. La Agencia Tributaria ha resumido en internet las principales novedades de la campaña , que incluye la rebaja de los tipos de IRPF , así como la entrada del nuevo sistema de presentación «online», Renta Web. Pese a que el plazo de presentación arranca el próximo 6 de abril, hay varias claves que conviene conocer previamente.

¿Cuándo empieza el plazo?

La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario de presentación de la declaración de la Renta . La campaña dará el pistoletazo de salida el próximo 6 de abril , fecha a partir de la que se podrá entregar la declaración de forma telemática. La campaña presencial, comenzará el 10 de mayo –un día antes que el año pasado– y se podrá pedir cita previa desde el 4 del mismo mes . El plazo se prolongará hasta el 25 de junio para aquellos que utilicen la domiciliación bancaria. El 29 de junio será el último día para solicitar la cita previa de atención en oficina y un día después, el 30 , acabará el plazo de presentación.

¿En qué consiste el nuevo sistema «online»?

Los contribuyentes rellenarán su declaración de la Renta a través de un nuevo sistema online que permitirá que el contribuyente complete sus datos fiscales y los guarde directamente en el servidor de la Agencia Tributaria, de forma que podrá retomarlos cuando desee. El sistema sugerirá con mayor fidelidad el borrador para cada contribuyente. También elevará la eficiencia del procedimiento para Hacienda y lo hará más intuitivo para al ciudadano, hasta el punto que se acelerarán las devoluciones para algunos colectivos. El contribuyente podrá realizar la declaración de la Renta desde cualquier dispositivo –PC, teléfono móvil o tablet–. Todos los contribuyentes deberán utilizar el nuevo modelo, salvo aquellos que obtengan rendimientos de actividades económicas, es decir, autónomos, que cumplimentarán sus datos fiscales mediante el Programa PADRE.

«El Renta Web dibuja dos tipos de contribuyentes: los asalariados y los autónomos . El nuevo sistema para los primeros, porque es más intuitivo y fácil de manejar. Con el nuevo modelo, la Agencia Tributaria pretende generalizar el borrador de forma que la propuesta sea la más ajustada al estricto pago de la cuota tributaria. Lo que querría aplicar la Agencia Tributaria es el sistema de liquidación de la Seguridad Social, pero a diferencia de este último la declaración de la Renta es un modelo de autoliquidación: es el ciudadano el que lo cumplimenta», describe Juan Carlos Berrocal, presidente de la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España.

No obstante, aquellos contribuyentes que lo deseen podrán continuar acudiendo a las oficinas de la Agencia Tributaria o recibiendo el borrador por correo –aunque deberán rellenarlo después por internet–.

¿Qué novedades incorpora esta campaña?

La reforma fiscal ha introducido una serie de novedades que la Agencia Tributaria ha resumido de cara a la campaña en su página web. La principal es la rebaja de los tipos de IRPF en la tarifa estatal. Si en 2014 oscilaban entre el 24,75% y el 52% en la tarifa estatal, el año pasado bajaron al 19,5 y el 46%, tras la última rebaja que fijó en julio la tarifa que se aplica para todo el año. Los tipos del ahorro también han bajado, lo que supondrá un alivio para los rendimientos del capital: de una horquilla entre el 21% y el 27% pasa a otra que va del 19,5 al 23,5% .

A la hora de presentar la declaración de la Renta, los contribuyentes ajustan las diferencias positivas o negativas entre el IRPF estatal –que aplican las empresas en las retenciones– y los tipos autonómicos. Cataluña , Extremadura y Andalucía son las comunidades con tipos más elevados en 2015 frente a Madrid , la que tiene los más bajos.

Asimismo, se elevan los mínimos personales y familiares, es decir, la cantidad exenta de tributar que se considera que cubre las necesidades básicas de los contribuyentes.

La reforma fiscal también eliminó un abanico de deducciones . Una de las más destacadas fue la del 10,05% del alquiler de vivienda para los inquilinos con una base imponible inferior a 24.107 euros. Eso sí, esta bonificación se mantiene como un régimen transitorio para los que firmaron su contrato de alquiler antes del 1 de enero de 2015.

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