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Los avales de los condenados de Novacaixagalicia no cubren la devolución de sus prejubilaciones millonarias

La Audiencia Nacional justifica el envío a prisión de los cinco exdirectivos «en aras de evitar la impunidad»

Imagen de archivo de una asamblesa general de la antigua Novacaixagalicia MIGUEL MUÑIZ
Moncho Veloso

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La Audiencia Nacional ordenó ayer la detención e ingreso en prisión de cinco exdirectivos de Novacaixagalicia condenados a dos años por adjudicarse a sí mismos 18,9 millones de euros en prejubilaciones irregulares . Son los primeros gestores de cajas de ahorros quebradas en entrar en la cárcel. Una de las razones esgrimidas por el tribunal para hacer efectiva la sentencia, a pesar de que por falta de antecedentes no tendrían por que entrar en prisión, es que no han devuelto los 10,4 millones que se les exigía por sentencia.

La Sección Tercera de la Sala de los Penal relata en su auto de prisión, emitido ayer, que la suma de las cantidades consignadas por los condenados — José Luis Pego , Óscar Rodríguez Estrada , Gregorio Gorriarán , Julio Fernández Gayoso y Ricardo Pradas — y de la venta de los inmuebles embargados a uno de ellos (Gorriarán) por algo más de cuatro millones no alcanzan esos 10,4 millones. La Audiencia explica que ni sumando los 1,2 millones en que están tasados otros inmuebles sujetos a embargo se cubriría esa cifra.

Los condenados están condenados por aprobar de espaldas a los órganos de control de la entidad en 2010 y ante su previsible cese la adjudicación de 18,9 millones de euros en indemnizaciones para Pego (7,7 millones), Rodríguez Estrada (0,69 millones), Gorriarán (4,8 millones) y Javier García de Paredes; este último devolvió la cuantía que recibió (5,6 millones) y fue absuelto al no considerarlo además parte de la trama. Fernández Gayoso, como copresidente de la entidad, y el asesor laboral Pradas han sido condenados como cooperadores necesarios .

Lo habitual, siendo condenados a dos años y al no tener antecedentes penales es que no hubiesen ingresado en prisión. Sin embargo, y después de que el Tribunal Supremo considerase el pasado septiembre que las penas impuestas eran benévolas por la gravedad de los hechos, la Audiencia ha valorado la conducta de los banqueros y ha impuesto el cumplimiento efectivo de la condena con un claro sentido ejemplarizante. De hecho, en el auto de prisión el tribunal justifica su decisión «en aras de evitar la impunidad» .

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