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ATA aumenta su liderazgo entre las organizaciones de autónomos

UPTA, con el 22,3%, está en segunda posición, lejos del 64,5% de la federación que preside Lorenzo Amor

Lorenzo Amor, presidente de ATA, en una rueda de prensa EFE
Javier González Navarro

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Dos de cada tres trabajadores por cuenta propia de nuestro país están afiliados a la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos ATA, según una reciente resolución del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que ha confirmado el peso relativo de cada organización en 2017.

Según esa resolución, ATA ha acreditado un peso relativo en el colectivo del 64,5%, lo que supone un crecimiento de seis puntos respecto a 2016. Si en 2013 tenía el 42,20%, en 2015 ya había alcanzado el 48,94%.

El segundo lugar lo ocupa UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), con el 22,3%, seguido de UATAE (Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores), con el 9,3% y CIAE (Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español), con el 3,9%.

El presidente de ATA, Lorenzo Amor, destaca que « en dos años hemos acreditado 16 puntos más en esa medición oficial del peso relativo de las organizaciones con respecto a los autónomos en España. Es la confirmación del trabajo bien hecho y del empeño que ponemos cada día en mejorar las condiciones de los autónomos con propuestas reales y realistas que este año se ha visto reflejado en la aprobación de la ley de Autónomos y que ahora da paso a más trabajo en la subcomisión del Congreso», asegura Lorenzo Amor, presidente de ATA.

Cada año la Dirección General de Trabajo Autónomo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social cuantifica el peso relativo de las organizaciones de autónomos que sirve como base para el acceso a diferentes programas públicos, así como para el reparto de diferentes ayudas públicas. Para su cálculo, se utilizan prácticamente los mismos criterios que establece el Estatuto del Trabajo Autónomo en su artículo 21 para medir la implantación en el territorio nacional: sedes permanentes y recursos humanos repartidos por las diferentes comunidades autónomas y provincias de las organizaciones de autónomos. El único criterio que no utiliza y está pendiente de desarrollar es el de la afiliación.

Deberá desarrollarse según la disposición adicional segunda de la ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que establece un plazo de seis meses al Gobierno, desde la entrada en vigor de esta ley, para desarrollar los criterios objetivos de representatividad de las organizaciones profesionales de trabajadores autónomos. En este sentido, tanto ATA como UPTA se han pronunciado favorables a tomar como base una auditoria de los socios con cuota además de los criterios ya establecidos . Para la afiliación, la mejor forma de medirla es mediante la realización de una auditoría de cuotas que pagan los autónomos a cada una de las organizaciones y así fijar el número de autónomos que representa cada organización.

Lorenzo Amor señala la importancia de estas cifras, «que muestran cómo ATA es la organización más representativa del colectivo de autónomos. Además las organizaciones de autónomos somos el único tejido asociativo que cada año se retrata y donde, por lo tanto, el peso relativo se marca anualmente, auditando, en un ejercicio de veracidad y transparencia en base a diversos criterios objetivos, nuestra implantación y peso relativo».

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