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enmiendas

Los no residentes pagarán el impuesto de sucesiones y donaciones autonómico

La reforma fiscal acatará la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declaraba «ilegal» el gravamen

j. tahiri

En el último día de plazo, los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados presentaron el jueves sus enmiendas a la reforma fiscal del Gobierno. Entre las introducidas por la bancada popular destaca la que modifica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En estas figuras tributarias, los europeos no residentes en España se aplicarán la tarifa fiscal autonómica de la región donde está ubicado el bien de mayor valor, y no se regirán por el sistema estatal como ocurre en la actualidad.

La modificación obedece a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea , que declaró ilegal el impuesto al discriminar entre residentes y no residentes comunitarios. Mientras los primeros pagan los impuestos que recoge la tarifa de la autonomía que les corresponde, los segundos se regían por la norma estatal.

Asimismo, la reforma fiscal también cambiará en los mismos términos el tratamiento del Impuesto sobre el Patrimonio, que se aplicaba de la misma forma que las otras figuras tributarias, para evitar agravios entre residentes y contribuyentes de fuera de España. Si bien estos impuestos son gravámenes estatales están cedidos a las comunidades, que pueden aprobar normas propias.

Otras modificaciones del grupo popular que entrarán en la reforma fiscal son la creación de un borrador para que los no residentes declaren el Impuesto sobre la Renta, así como la obligación de los partidos políticos de informar de las rentas exentas y no exentas de tributar.

IVA cultural

Entre las sugerencias de las otras formaciones políticas, el PSOE propuso que el Gobierno eleve hasta el 48% el tipo aplicable de IRPF para las rentas superiores a los 300.000 euros y del 46,5% para las que se sitúan entre los 160.000 y los 300.000 euros. Además, el grupo socialista pidió crear un nuevo IVA cultural del 5%.

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