La reforma concursal recortará la deuda empresarial en al menos 133.000 millones
Los dueños de las compañías que impidan de forma injustificada un acuerdo con los acreedores para evitar su entrada en el capital incurrirán en una presunción de culpabilidad
MONCHO VELOSO
El Gobierno ha dado este viernes luz verde a la reforma de la ley concursal con la que evitar que empresas muy endeudadas pero rentables entren en concurso de acreedores y, en último término, sean liquidadas. El Ministerio de Economía estima que la norma, que ... incluye medidas para incentivar la renegociación de las deudas entre las compañías y los acreedores, aligerará al menos al 10% de la deuda empresarial, que a día de hoy asciende al 130% del PIB, esto es, 1,33 billones de euros. Así, entre renegociaciones, quitas y capitalización de deuda, se reduciría ese pasivo en unos 133.000 millones.
En todo caso, fuentes del gabinete dirigido por Luis de Guindos han explicado que el Plan Nacional de Reformas, que será presentado el próximo mes de abril, ofrecerá con más detalle el previsible impacto de la norma. «El objetivo es salvar a empresas que sufren graves problemas de financiación pero que son rentables y tienen proyectos de inversión viables», aseguran desde Economía, que pretende así romper con el círculo vicioso generado por la falta de actividad, el cierre de empresas y la destrucción de empleo y que entorpece el crecimiento de la economía española.
Para ello, el Ejecutivo popular ha intrucido, vía real decreto, una serie de modificaciones en la ley concursal que fomentan las negociaciones entre acreedores y deudores antes de llegar al concurso. «El 90% de las empresas que ahora van a concurso acaban liquidadas», admiten desde el ministerio, que pretende fomentar la negociación preconcursal. Así, se facilitan las esperas, las quitas y la capitalización de deuda, tal y como ya informó ABC .
En concreto, y durante la fase preconcursal, las empresas y sus acreedores podrán acordar esperas de cinco años o la conversión de la deuda en préstamos participativos si se cuenta con el visto bueno de al menos el 60% de los representantes del pasivo. Si esa mayoría de acreedores asciende al 75%, la espera puede ampliarse hasta 10 años y aprobar una quita a la deuda o la conversión de la deuda irrecuperable en capital, de forma que los acreedores —casi siempre bancos— pasan a ser accionistas de la empresa.
Incentivos para la banca
Esto último obliga a revisar las normas de reclasificación de créditos del Banco de España, pues a cambio de capitalizar esa deuda l as entidades financieras podrán liberar las provisiones que habían hecho para cubrir esa morosidad . De esta forma, créditos que ahora estaban calificados como morosos o subestándar pasarán a considerarse normales en los balances de la banca, lo que contablemente supondrá un aumento de sus beneficios, pues esos créditos eran pérdidas reconocidas. El supervisor dispone ahora de un mes para establecer un criterio común para su cómputo.
En esta línea, la norma exime a un acreedor que al capitizar deuda de una empresa en apuros se haga con más del 30% del capital de la compañía de lanzar una oferta pública de adquisición (opa) sobre el 100% de las acciones, como establece la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Solo en caso de querer elevar su participación tendría que anunicar una opa.
Otra de las novedades que introduce el texto es que esas negociaciones ya no incluyen solo a entidades financieras sino que también a cualquier acredores del pasivo financiero. Esto incluye, por ejemplo, a los fondos. Los créditos comerciales podrán adherirse de manera voluntaria y los créditos de derecho público —con Hacienda y la Seguridad Social— quedan excluidos.
Además, y para evitar un bloqueo de las negociaciones, a los propietarios de una empresa que se opongan de manera injustificada a un acuerdo se les achacará una presunción de culpabilidad, como sucede en un concurso cuando un accionista o un administrador, por ejemplo, ocultó las cuentas de la sociedad. «Si los informes independientes aclaran que las fórmulas de refinanciación contempladas en las negociaciones son la única forma de viabilizar la empresa y, además, se ofrece al socio que se opone un derecho de recompra de acciones en el tiempo, es muy duro que ese propietario se oponga a que los acreedores participen», señalan en Economía.
La reforma concursal recortará la deuda empresarial en al menos 133.000 millones
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