La nueva ley de huelga endurecerá las sanciones a los piquetes abusivos
El Gobierno quiere impulsar actuaciones de la Fiscalía en caso de coacciones en los conflictos
susana alcelay
Reconciliar el derecho de huelga con el respeto a la libertad que tienen los ciudadanos a que se les respete. Esta es la idea que movió a Mariano Rajoy para anunciar el pasado mes de noviembre, trece días después de la huelga de limpieza en ... Madrid, que su Gobierno elaboraría una ley de servicios mínimos en las huelgas, un deseo que pasa sin remedio por controlar primero la actuaciones de los denominados piquetes informativos.
Endurecer las sanciones contra los piquetes abusivos está en el espíritu de la norma que ya prepara el Ejecutivo. La idea es evitar que sus actuaciones impidan el cumplimiento de los servicios mínimos. Y por ello sobre la mesa está la idea de instar a la Fiscalía a que actúe cuando se produzcan coacciones realizadas por los denominados piquetes informativos, según las fuentes consultadas por ABC.
La futura ley de servicios mínimos establecería qué porcentaje del servicio habría que cumplir en caso de huelga dependiendo del sector. Se trataría de evitar que cada vez que hay un conflicto se tengan que fijar s ervicios mínimos y, además, sería más fácil hacerlos cumplir en la medida en que estarían reconocidos por ley. En todo caso, serían reglas generales que no impedirían que se pudieran realizar ajustes para casos particulares a medida que se sucedieran las huelgas.
El Ministerio de Empleo ha mantenido ya contacto con los agentes sociales , con los que quiere alcanzar el mayor consenso posible en esta materia, que todos los gobiernos han querido regular, pero ninguno se ha atrevido a hacerlo y que cuenta con el absoluto rechazo de los sindicatos y el claro apoyo de los empresarios.
Estos últimos han sido los primeros en dar el paso. La comisión de asuntos laborales de CEIM, la patronal madrileña que dirige Arturo Ferández ha elaborado el primer documento tras el anuncio de Rajoy para hacerlo llegar al Gobierno. En este texto, los empresarios recuerdan que el derecho de huelga es el único de los reconocidos como fundamentales por la Constitución que aún no ha sido regulado por Ley Orgánica y explican que aunque solo fuera por seguridad jurídica, el legislador debería aprobar esa norma , ya que ahora los elementos que configuran el marco jurídico de las huelgas son un real decreto-Ley preconstitucional y una sentencia del TC.
La organización que dirige el número dos de CEOE pide que se regule el derecho de información durante la huelga y que se fijen qué actuaciones se consideran labor de información sobre la convocatoria. Explican que ha de protegerse a los trabajadores que no deseen secundarla y que la figura de los piquetes informativos ya no tienen sentido. « Habría que plantearse su desaparición, dados los episodios de coacciones sobre personas y daños sobre bienes que suelen llevar aparejados. En todo caso estas actuaciones deben ser sancionadas con severidad y al haberse incluido ya su tipificación en el Código Penal, se debe instar a la Fiscalía a actuar en estos casos», dicen.
Los empresarios aseguran que «no existe un derecho ilimitado de los huelguistas a que un servicio público no se preste» y que la Administración competente del mismo podría establecer medios alternativos para su cumplimiento desde el momento en que no se cumplen servicios mínimos.
Sus propuestas respecto a los servicios mínimos pasan por regularlos por ley. Se quejan de que su incumplimiento no es sancionado con la severidad que se requiere e incluso se negocia e l levantamiento de las sanciones a cambio del cese de la huelga . «Es necesario que se prevea la posibilidad de ejecución sustitutoria, por su incumplimiento mediante la contratación de otros trabajadores/empresas, con repercusión del coste a quien haya provocado o realizado el incumplimiento», afirman.
Los empresarios piden que se pueda instar por vía urgente en sede judicial una declaración de la legalidad o no de la huelga antes de que se desarrolle y valorar la posibilidad de plasmar un límite temporal para ejercer el derecho de huelga, de forma que no se pudiera abusar del mismo convocando y desconvocando huelgas en un plazo reducido de tiempo. También creen que podría explorarse la posibilidad de excluir la huelga durante ciertos períodos del año o en el tiempo comprendido entre huelgas (caso de Italia). En sus propuestas figura la posibilidad de que las convocatorias de huelga puedan sufrir limitaciones para algunos colectivos , como controladores aéreos o trabajadores en plantas nucleares, por ejemplo.
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