Hazte premium Hazte premium

La Justicia sentencia que el Ayuntamiento de Villena no puede prohibir las corridas

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana condena al ayuntamiento a pagar las tasas

Plaza de toros de Villena Juan Carlos Soler

ABC.ES

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sentencia que el Ayuntamiento de Villena (Alicante) no tiene competencia para denegar la celebración de una corrida de toros y le condena a las costas causadas.

La Fundación del Toro de Lidia (FTL), en representación de la Peña Cultural Taurina Villenense, recurrió ante el TSJ de la Comunidad Valenciana la Sentencia que desestimaba el recurso que se interpuso tras haberse denegado, por parte del Ayuntamiento, la organización de una corrida de toros a favor del asilo de ancianos de la localidad alicantina.

La Comisión de Cultura del Ayuntamiento de Villena se opuso a la solicitud de la organización de la corrida de toros «por cuanto que los espectáculos taurinos tienen connotaciones negativas y no conviene asociarlo al municipio».

En este sentido, el Tribunal ha señalado que «es evidente que la apelación debe ser estimada pues se evidencia que los motivos por los que se deniega la organización de la corrida de toros son contrarios a derecho por falta de motivación , basándose en opiniones subjetivas de los miembros de la Comisión de Cultura, que evidencian su contrariedad a tales espectáculos y ponen de manifiesto la arbitrariedad de la resolución recurrida».

Asimismo, el TSJ de la Comunidad Valenciana recalca al dirigirse al Ayuntamiento de Villena en la Sentencia que «la prohibición de espectáculos taurinos es competencia estatal , cuestión que no se discute».

Por tanto, la sentencia del Tribunal considera que el Ayuntamiento de Villena carece de competencia para autorizar o denegar la celebración de espectáculos taurinos y para cuestionar los rasgos jurídicos que definen la tauromaquia como bien de interés cultural.

De esta manera, la Fundación del Toro de Lidia continúa haciendo frente al sectarismo de algunos poderes públicos capaces de anteponer su ideología frente a la Ley, la Constitución y los pronunciamientos judiciales.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación