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El TSJC fija en el 25% el castellano obligatorio en las aulas en cinco casos

Aunque la decisión del alto tribunal es recurrible, debe ejecutarse antes de un mes

El TSJC fija en el 25% el castellano obligatorio en las aulas en cinco casos efe

j. g.

Una decisión judicial histórica en la defensa del bilingüismo en las aulas catalanas. La sección quinta de la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha emitido cinco autos en los que obliga a la Generalitat a fijar que el 25% del horario lectivo sea en castellano en el curso y clase de cinco alumnos cuyos padres reclamaron una educación bilingüe para garantizar "su presencia mínima como lengua vehicular" en el caso de las familias recurrentes.

Los autos dan respuesta a los recursos de varias familias que exigieron medidas a la Generalitat para garantizar la enseñanza también en castellano para sus hijos, y considera que el gobierno catalán no las ha cumplido debidamente, según sendas resoluciones. Por ello, en la parte dispositiva del texto, el TSJC afirma que partiendo de que el catalán es centro de gravedad del sistema educativo, se debe "fijar la presencia mínima del castellano como lengua vehicular, en los cursos y clases donde las hijas de la recurrente siguen sus estudios".

Contra estos autos se puede recurrir ante el mismo tribunal, aunque sin perjuicio de que se deban ejecutar de forma inmediata, en el plazo de un mes desde la fecha de notificación del auto, señala el TSJC en sendos autos.

Hasta ahora, el TSJC había ordenado a la Generalitat que, si los padres lo reclamaban, adoptara "cuantas medidas sean precisas" para adaptar el sistema de enseñanza lingüística a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut, que consideró también al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto con el catalán.

El alto tribunal catalán entiende ahora que la Generalitat no ha "cumplimentado debidamente" este requerimiento, ya que considera que no basta con prestar atención individualizada en castellano al alumno que lo solicite.

Según el TSJC, se trata de que, "sin perjuicio del mantenimiento del catalán como centro de gravedad" del sistema educativo, se haga efectiva la presencia vehicular del castellano "en una proporción razonable".

Al menos, otra asignatura troncal

Los colegios afectados, que ahora deberán acatar la aplicación del 25% en castellano, son Escolapies Sant Josep de Calasanç, de Sabadell; el Instituto Alba del Vallés, de Sant Fost de Campsenteless; l'Escola Pia de Sarrià-Calassanç, de Barcelona; el Colegio Sant Bonaventura, Franciscanos, de Vilanova i la Geltrú, y el centro Mare de Déu del Roser, de Barcelona.

En sus autos, el TSJC precisa que se debe fijar la presencia mínima del castellano como lengua vehcicular, "en el curso y clase de los hijo/s del recurrente, en un 25% de las horas efectivamente lectivas". "Debiendo impartirse -añade- en dicha lengua oficial, además del área, materia o asignatura lingüística correspondiente a su aprendizaje, cuanto menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análoga".

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