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Infanta Cristina

La decisión del Rey debilita a la Infanta Cristina ante el juicio por el caso Nóos

Aunque no tiene consecuencia penal alguna, el gesto de Felipe VI de revocar el título de Duquesa de Palma a la Infanta es demoledor ante la opinión pública

La decisión del Rey debilita a la Infanta Cristina ante el juicio por el caso Nóos efe

pablo muñoz

La decisión de Felipe VI de retirar el título de Duquesa de Palma a su hermana, la Infanta Cristina , y por extensión al que era Duque consorte, Iñaki Urdangarín, que hoy recoge el BOE , no tiene consecuencia penal alguna para ella pero sí es muy significativa desde el punto de vista de la opinión pública. No solo eso; precisamente por ese clima de opinión generalizado que se ha creado en torno a este asunto la iniciativa del Rey podría afectar también, siquiera de forma subjetiva, a la forma en que afronte su situación la que el tribunal de la Audiencia de Palma que la va a juzgar en los próximos meses.

Todas las fuentes del caso consultadas por ABC admiten que en la deriva judicial del caso Nóos ha jugado un papel importante la opinión pública , en el inicio para impulsar la investigación acerca de Iñaki Urdangarín y su exsocio, Diego Torres, y en la última fase -precisamente en la que se ventilaba el futuro de la Infanta Cristina-, como uno de los avales para que José Castro la sentara en el banquillo de los acusados. Sin esa opinión pública -y publicada- a favor, hubiera sido imposible llegar hasta donde se ha llegado, siempre según las fuentes.

Hay que recordar que la decisión de juzgar a la Infanta Cristina como cooperadora necesaria en los delitos fiscales cometidos por su marido a través de Aizoon, la sociedad que ambos compartían al 50 por ciento, no deja de ser una construcción jurídica no solo arriesgada, sino sin precedentes en España. Como recuerda una y otra vez Anticorrupción, será la primera vez que se juzgue a una mujer en España por las actividades de su marido a través de la firma que ambos comparten, sin que la primera tuviera la menor participación en las decisiones.

Sin precedente

Es más; será la primera vez que se juzgue a alguien por un delito fiscal en contra del criterio del perjudicado , en este caso la Agencia Tributaria que insiste, como el fiscal Pedro Horrach, que solo sería responsable a título lucrativo por el dinero del que ha disfrutado gracias a las irregularidades presuntamente cometidas por su cónyuge. La no aplicación en este asunto de la doctrina Botín -que establece que no se puede juzgar a nadie si no acusa el fiscal ni la acusación popular-, será la principal cuestión previa que se dirima en la vista oral.

La retirada del título de Duquesa de Palma sin duda alimentará la opinión pública mayoritaria de que ella conocía los tejemanejes de Urdangarín, y que se aprovechó de su condición de miembro de la Familia Real para favorecer esas actividades supuestamente ilegales de su esposo. Y ello a pesar de que la propia Audiencia de Palma negó este extremo en un auto por el que estimaba parcialmente el recurso del fiscal contra el primer auto de procesamiento dictado por Castro contra la Infanta. Eso sí, le abría la puerta a una imputación como cooperadora necesaria por los delitos fiscales cometidos por su marido, en una pirueta jurídica de difícil justificación para muchos: «Era mucho más lógico haberla acusado de conocer y colaborar con los manejos del Instituto Nóos que del delito fiscal».

Ayer mismo el fiscal criticaba en un escrito que Castro exija «contrición» a la Infanta Cristina para acceder a su petición de rebajar la fianza de responsabilidad civil de casi 2,7 millones de euros que le ha impuesto. Añadía que la negativa del juez a reducir la fianza aplicando la atenuante de reparación del daño se basa en una interpretación contraria al precepto legal.

Las fuentes insisten en que mientras estos asuntos aún están por ventilar, y con un juicio a celebrar como máximo en un año, la decisión de Felipe VI, que nadie cuestiona, debilita objetivamente la posición de su hermana en el proceso, por más que no tenga ninguna por sí misma consecuencias en el ámbito penal.

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