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Las peculiares funciones que Fernando VII dio a la Policía

El Rey de España creo este cuerpo en 1824 para evitar una revolución y, de paso, «observar a criados desacomodados» o «expedir permisos a saltimbanquis»

Las peculiares funciones que Fernando VII dio a la Policía abc

ISRAEL VIANA

«Debe hacerme conocer la opinión y las necesidades de mis pueblos, e indicarme los medios de reprimir el espíritu de sedición, de extirpar los elementos de la discordia y de desobstruir todos los manantiales de prosperidad», aseguraba Fernando VII en el decreto publicado el 13 de enero de 1824, sobre la función principal de la recién creada «Policía General del Reino». Aquel instrumento, obra del Rey, no era otro que el germen del actual Cuerpo Nacional de Policía .

Sin embrago, muchos han cambiado los tiempos. La España de 1824 no es la de 2015, y las funciones que actualmente cumplen los más de 68.000 agentes difieren mucho de las que tenían que cumplir hace 191 años. Algunas nos resultarían hoy tan sorprendentes e impensables como «vigilar a los criados desacomodados, a los artesanos sin trabajo, a los individuos que no tengan bienes y ocupaciones capaces de mantenerlos y a los que, aún teniéndolos, se crea prudentemente que no puedan sostenerse con ellos». O «impedir que se coloquen tiestos, cajas u otros objetos de esta clase en ventanas, azoteas o tejados donde puedan caerse y dañar a los que por ellas transiten».

Es cierto que mantener el « orden público » era el objetivo de fondo entonces y lo sigue siendo ahora, aunque por ello Fernando VII entendiera acciones como «recoger los gitanos sin domicilio, los mendigos aptos para trabajar o los hijos prófugos de la casa paterna». El fin último era controlar y reprimir a la disidencia política, en un momento difícil para el Rey, después de que, un año antes, hubiera abolido el régimen constitucional. Veía en peligro a la Monarquía ante una más que posible revolución, pero pensaba, además, que las amenazas contra el orden no procedían sólo de un puñado de liberales irredentos, sino también, y sobre todo, de los bandoleros y grupos armados que sembraban el terror en los caminos y pueblos alejados de la capital.

«Escopeteros» y «migueletes»

Hasta entonces, mantener el orden en el territorio nacional había sido una función dividida en tanas manos como corporaciones existían en España. Historiadores como Marta Lorente y Fernando Martínez hablan de los «migueletes» en Valencia, los «escopeteros» voluntarios en Andalucía, la escuadra de Balaguer, las «rondas volantes» de Cataluña, los serenos de Barcelona o los «celadores reales» en Jaen, Castellón y otras provincias. Fernando VII entendió que unificar y nacionalizar los cuerpos de seguridad era imprescindible para «controlar» también los espacios rurales asolados por el bandolerismo, ya que, efectivamente, eran estos los que constituían la mayor parte de España.

El Rey dictó para ello dos reglamentos diferentes, uno para Madrid y otro para las provincias. Estos incluían atribuciones «privativas» de la Policía y otras adicionales que compartía con el Ejército, algunas de las cuales eran tan variadas como «cuidar el orden en los lavaderos públicos», «formar padrones exactos del vecindario de los pueblos», «cuidar que todos los españoles que vuelvan de países extranjeros, traigan el competente informe de su conducta política» o «expedir los permisos que necesiten para ejercer sus profesiones en las calles y plazas, los cantarines, saltimbanquis o portadores de linternas mágicas».

Una nueva normativa de corte urbano, centralizado y profesionalizado, con la que el Rey quiso «proyectar», que no «extender», el aparato policial de la capital a todos los territorios de la Monarquía, con más dificultades que aciertos por la falta de medios. Un total de 42 atribuciones que, aún hoy, y a pasar de las numerosas reformas que ha habido, se las considera la primera piedra de la actual Policía Nacional .

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