El Gobierno anunció a finales del pasado año la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Galicia de 11 de febrero de 2010, la llamada ley Ómnibus, que modificó varias normas gallegas para adaptarlas a la Directiva europea de Servicios del Mercado Interior.
La propuesta de recurso, que contó con el dictamen favorable del Consejo de Estado, señalaba que la norma gallega "infringe la competencia estatal en materia de colegios profesionales" en tres aspectos: la obligación de comunicación previa, la obligación de colegiación y la regulación de la obligación de visado.
La ley gallega obliga al profesional de la Unión Europea que quiera desplazarse temporalmente para prestar servicios en Galicia a realizar una comunicación previa al colegio profesional gallego.
En un auto hecho público hoy, el Constitucional levanta la suspensión de varios aspectos recurridos referidos a la necesaria comunicación previa al Colegio profesional gallego, en caso de desplazamiento temporal de un profesional de la UE como condición para ejercer en cualquier parte de Galicia.
El alto tribunal levanta también la suspensión de la imposición de la colegiación para los profesionales médicos y demás profesionales de ciencias de la salud al servicio de las administraciones públicas.
Un tercer bloque sobre el que se levanta la suspensión se refiere a las funciones de visado de los colegios profesionales.
La titular de Sanidad, Pilar Farjas, explicó tras conocer el auto que el Gobierno había presentado un recurso contra la ley Ómnibus, pero el Constitucional "acaba de dar la razón a Galicia, acaba de entender que los fundamentos jurídicos" aportados por la Xunta "tenían razón" y, por lo tanto, "vuelve a ser obligatoria la colegiación en la Comunidad autónoma de Galicia".
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