La Audiencia de Barcelona ha anulado por ilegales las intervenciones telefónicas a tres supuestos narcos integrantes de la llamada "banda del puerto" en la última fase de la instrucción de la causa y las pruebas que se deriven de ellas, que afectan principalmente al blanqueo de capitales que se les imputa.
Así lo ha comunicado hoy Pedro Martín, presidente de la sección segunda de la Audiencia de Barcelona, que desde abril pasado juzga a la llamada "banda del puerto", un supuesta red de narcos y policías corruptos a la que se atribuye el robo de 500 kilos de cocaína de un contenedor del puerto de la capital catalana.
La sala ha anulado el auto del juzgado de instrucción número 3 de Martorell (Barcelona) que en abril de 2008 ordenó la intervención de los teléfonos que usaban tres de los presunto narcos, dos de los cuales disponían ilegalmente de móviles mientras estaban en prisión preventiva para comunicarse con el exterior.
La Audiencia considera que dicha intervención telefónica vulnera el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones dado que no está suficientemente justificada, por lo que declarará ilícitas todas las pruebas que se hayan podido obtener a partir de esas escuchas de 2008, en la última fase de la instrucción del caso.
Principalmente, la ilicitud de las escuchas afectará a la acusación de blanqueo de capitales que pende sobre las parejas de los dos principales narcos y sobre Pedro Antonio A. -su presunto testaferro-, quien afrontan penas de cinco a seis años de cárcel exclusivamente por ese delito.
No obstante, fuentes judiciales han precisado a Efe que el tribunal decidirá en sentencia sobre el alcance que puede tener la ilicitud de las escuchas, que podría comportar también el archivo del delito de blanqueo de capitales de que se acusa a los dos presuntos líderes de los narcos, conocidos como "Trapero" y "Bolo".
De hecho, la defensa del guardia civil Antonio S. alias "Tete", presunto líder de la rama policial de la trama, ha pedido al tribunal que declare nulo todo lo que se haya instruido en la causa a partir del mencionado auto de abril de 2008 y todas aquellas diligencias relacionadas con la supuesta corrupción policial.
La Fiscalía, por su parte, se ha opuesto sin éxito a la anulación de las actuaciones derivadas de la intervención telefónica a los miembros de la banda y ha alegado que se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva puesto que, de haberlo sabido, su estrategia procesal habría sido distinta.
La intervención del ministerio público le ha valido el reproche del presidente de la sala, que ha sostenido que la Fiscalía, como defensora de la legalidad, debería haber planteado al juez de instrucción la posible ilicitud de las intervenciones telefónicas.
El tribunal ha repartido también reproches al juzgado de instrucción de Martorell y a las defensas, a las que ha manifestado su "sorpresa" por el hecho de que no fueran ellas las que plantearan esa posible nulidad de la prueba en sus escritos de calificación o en la fase de cuestiones previas al juicio.
Según el argumento de la sala, la intervención telefónica anulada se basó en un informe de la Guardia Civil que señalaba que los dos principales narcos usaban teléfonos en prisión para comunicarse con otro de los imputados, alias "Chucho", de lo que, para el tribunal, no se desprende ningún delito ni delitos futuros o inmediatos que justificaran vulnerar el secreto a las comunicaciones.
Por otra parte, la Fiscalía ha elevado hoy a definitivas las penas que pedía para los acusados, con la única modificación de retirar los cargos contra Carlos J.R., policía nacional acusado de colaborar supuestamente con los narcos que, en consecuencia, hoy ha sido absuelto "in voce".
En sus informes finales, el fiscal Anticorrupción Fernando Bermejo ha pedido al tribunal que condene a una banda integrada por narcos y policías corruptos que, a su juicio, se creía "por encima del bien y del mal".
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