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Exteriores impide viajar a las Islas a un diputado mauritano

La Justicia interviene en el conflicto diplomático y le concede el visado un año después

Día 27/07/2012 - 19.56h

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La Justicia ha tenido que resolver por medio de una reciente sentencia el conflicto entre un diputado de Mauritania y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. El 31 de julio del año pasado, el Consulado General de España en Nuakchot, la capital del país africano, negó al representante mauritano un visado de corta duración para viajar a Canarias, donde este posee varias propiedades. La negativa del cónsul dio lugar a un litigio que se ha solucionado ahora con la concesión del permiso casi un año después.

El pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), al que ha tenido acceso este diario, considera que las razones que llevaron a la representación del Gobierno a denegar el visado («no haber justificado el objeto y las condiciones de la estancia») no son suficientes para impedir el traslado temporal del diputado al Archipiélago. No en vano, detalla la sentencia, este presentó en el consulado un escrito del Ministerio de Asuntos Exteriores de Mauritania en que se solicitaba a las autoridades españolas la expedición de un visado de cortesía, habida cuenta de su condición, la cual le permitía estar en posesión de un pasaporte diplomático. Además, tiene varias propiedades en Las Palmas de Gran Canaria y es también titular de cuentas corrientes y a plazo en distintos bancos españoles. Con todo, el cónsul se negó a expedir el permiso, ya que, a su juicio, «no se justifican las condiciones legales para obtener el visado».

En consecuencia, el conflicto diplomático se ha resuelto finalmente por vía judicial, tras el recurso contencioso administrativo que el diputado interpuso el pasado octubre. El TSJM estima que las razones que hacen dudar a la embajada española de los motivos de la visita a Canarias, esto es, que existía la posibilidad de que no regresase al país africano (en una convulsa situación desde el golpe de Estado de agosto de 2008), no tienen sustento. De hecho, la sentencia explica que sí se acreditó plenamente el objeto y las condiciones de la estancia, así como la vinculación con el país de origen (precisamente por su cargo) y su capacidad económica. En definitiva, la Justicia anula la decisión del consulado de Nuakchot y da la razón al representante del Gobierno de Mauritania, al que ya se le ha expedido el permiso para viajar a las Islas.

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