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Carmen Lomana gana la batalla legal a Belén Esteban, Mila Ximénez y Kiko Matamoros

Los tertulianos de «Sálvame» tendrán que pagar a la empresaria 120.000 euros por una «intromisión ilegítama» en el derecho a su honor

Día 22/07/2012 - 17.16h
Carmen Lomana gana la batalla legal a Belén Esteban, Mila Ximénez y Kiko Matamoros

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El juzgado de Primera Instancia número 64 de Madrid ha dictado sentencia contra la «copresentadora» de «Sálvame» y «Sálvame Deluxe» Belén Esteban y los colaboradores Mila Ximénez y Kiko Matamoros por intromisión ilegítima en el derecho al honor de Carmen Lomana. El fallo les obliga a pagar 120.000 euros, las costas del juicio y difundir la sentencia.

Los hechos acaecieron los días 8, 12 y 22 de abril de 2011, por declaraciones vertidas en los programas citados anteriormente, de Telecinco. La sentencia describe las expresiones que son objeto de discordia como «acompañadas de grotescas gesticulaciones» y asegura que resultan «de tal grado de indignidad que no pueden reputarse sino como atentados graves al derecho al honor y a la imagen de la demandante», dando así la razón a Lomana.

La sentencia recoge que la empresaria había hablado sobre los demandados en diversos medios y que éstos, reaccionando, habrían arrojado las infames declaraciones sobre Lomana, pero asegura: «Ni menos aún pueden sustentarse los ataques, insultos e infamantes diatribas denunciadas en un hipotético "ius defendi" derivado de ciertas declaraciones de la víctima más o menos afortunadas».

El juez considera que la libertad de expresión tampoco es excusa para los ataques vertidos contra Lomana y asegura que «la libertad de expresión e información se utilizan como subterfugios para amparar esta clase de ultrajes» y añade que «no existe en nuestro ordenamiento jurídico un pretendido derecho al insulto».

Por todo ello, el fallo judicial condena a Mila Ximénez a pagar a Carmen Lomana 60.000 euros, y a Belén Esteban y Kiko Matamaros otros 30.000 cada uno en concepto de indemnización, así como a todos ellos a pagar las costas del juicio. También, les condena a difundir esta misma sentencia «en un programa televisivo de igual o parecida audiencia a la del programa "Sálvame"».

Contra esta sentencia, no obstante, cabe recurso de apelación.

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