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Prestamistas: dinero demasiado rápido y fácil

El crédito bancario casi cerrado empuja a muchos deudores desesperados a los préstamos privados, a pesar de intereses desorbitados y el peligro de poner en juego su vivienda

l. cano

La situación era desesperante para Martín. Sin trabajo desde hace dos años, con dos hijos y atrasos en las letras de su hipoteca a falta de cinco años para terminar de pagarla. Los ahorros se secaron y, con el crédito bancario cerrado por su situación económica, cayó en la tentación de un dinero demasiado rápido y fácil con la esperanza de ganar tiempo hasta encontrar un trabajo. El prestamista ofrecía «¡Dinero urgente! Seriedad y discreción asegurada» . El préstamo de 6.000 euros se convirtió en 18.000 en tres meses con unos intereses desproporcionados. Y el problema siguió engordando con nuevos créditos del prestamista para pagar la deuda contraída con él. Hasta recibir la amenaza de la subasta de su vivienda por una deuda que había superado ya los 60.000 euros.

La situación de crisis es campo abonado para los prestamistas particulares. Sin sede social, sin registro, solo un número de teléfono. Antes de conceder un crédito, generalmente solo exigen el DNI y presentar las garantía hipotecaria de una vivienda como aval. No importa la nómina, ni los ingresos , ni pertenecer a una lista de morosos. La opacidad de los prestamistas se aprovecha de unos clientes que tampoco buscan demasiada transparencia en los acuerdos, ya que, para su desgracia, no ofrecen garantías de solvencia.

La situación de crisis es campo abonado para prestamistas particulares

«Los prestamistas privados están interesados sobre todo en que dispongas de una vivienda para que, en el caso de que no pagues, sacarla a subasta pública», explica Aitor Ibarra , abogado especializado en derecho financiero. «Cuando acude una persona a un prestamista particular es porque la banca no le financia, y entonces se encuentra en una situación de necesidad que le avoca a firmar lo que le pongan por delante con tal de solucionar su situación inmediata».

Un préstamo de 15.000 euros pedido por una pareja pudiente de inmigrantes en España se convirtió en una deuda de dos millones de euros en cinco años. Pagaron 600.000 euros antes de acudir a los juzgados para denunciarlo. Llegaron a firmar 15 documentos notariales y a hacer al prestatario socio de una empresa para saldar su deuda . Después de tantas escrituras y actas notariales era difícil demostrar legalmente engaño alguno.

Los prestamistas privados financieros buscan cobrar altos intereses, pero no están tan interesados en la ejecución hipotecaria como los prestamistas subasteros, expertos en atar el crédito para quedarse con la vivienda. El límite en el aval no existe . «No es la primera vez que acude una persona a un prestamista para solucionar un crédito y al final garantiza el piso que va a comprar, el de su padre y el de dos amigos más», cuenta el abogado Ibarra. «Los préstamos firmados ante notario limitan la defensa del consumidor. Si no abona el crédito a tiempo se ejecutan las garantías con poca oposición legal posible».

Intereses usureros

No existe un límite fijado para considerar como abusivo un determinado tipo de interés. «Podría ser legal que una persona pida un préstamo al 80% de interés para pagar una deuda de juego, pero no lo sería si el préstamo es para adquirir una vivienda, ya que no se puede exigir más de 2,5 veces el tipo de interés del dinero según la ley de crédito al consumo . En este caso, un interés superior al 10% TAE podría ser considerado como usura, aunque siempre dependerá del criterio del juez», explica Aitor Ibarra.

Mariló Molina, miembro del gabinete jurídico de la organización de consumidores Facua , advierte sobre la indefensión legal de las personas que acuden a los prestamistas. El préstamo es en realidad un contrato entre particulares , puesto que los prestamistas no están constituidos como empresas y es complicado legalmente demostrar que se dedica a una actividad empresarial. El prestatario no tiene, por tanto, carácter de consumidor, y su caso no está amparado por las leyes que lo protegen de cláusulas abusivas. El acuerdo queda reflejado en un contrato civil, sujeto a la normativa general sobre contratos, sin ningún tratamiento legal específico.

Crédito privado

Las sociedades de crédito privado, alternativo al bancario, sí están controladas, por Consumo, competencia de las comunidades autónomas. Como estipula la ley de crédito al consumo , se exige un registro, responsabilidad civil y oferta vinculante, entre otros requisitos legales. Y, aunque los intereses son mayores que en el crédito bancario, regulado por el Banco de España, pueden resultar una alternativa en caso de urgencia.

Los prestamistas particulares se mantienen al margen de todo registro

Los prestamistas particulares, sin embargo, se mantienen deliberadamente al margen de estos registros. Actúan simplemente como inversores privados . El margen legal de actuación contra un abuso es pequeño. El prestatario, si el juez le da la razón, podrá conseguir con suerte la limitación de los tipos de interés o la devolución solo de la cantidad originalmente prestada, como indica la ley de usura de 1908, todavía en vigor. El abogado Ibarra lamenta esta desventaja legal ante los prestamistas: «Fuera del circuito bancario no es recomendable ninguna vía de financiación. Si los bancos están poco controlados, con los particulares es inimaginable».

Y no solo están los préstamos abusivos, sino también directamente el burdo timo . El caso más común es superponer en las escrituras un mayor importe del realmente entregado al prestatario. Por ejemplo, en el documento se especifica que se entregan 10.000 euros pero en realidad solo se prestan 5.000. El problema es que muchos clientes no recogen una copia de la escritura y se enteran de lo firmado cuando, al vencimiento, les avisa el abogado del prestamista.

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