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La sentencia considera que no tuvo intención lesionar
La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la absolución de un hombre que fue juzgado por causar heridas a su hijo al darle un manotazo para que se callara porque "fue un movimiento reflejo y no tuvo intención de causarle lesiones", aunque el menor aseguró que "le dio con ganas".
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que aunque el acusado también resultó herido en la mano, ello no indica que propinara el golpe con mucha fuerza, sino que se debió a impacto de la misma contra la protección dental metálica que tenía implantada el niño.
El tribunal indica que un Juzgado de lo Penal de Murcia, en su sentencia de marzo pasado, declaró como hechos probados que los incidentes se produjeron el dos de marzo de 2011, cuando el acusado conducía el coche en el que también viajaba el niño, al que llevaba al colegio, y su esposa, que se personó en las actuaciones judiciales como acusación particular.
Durante el viaje se produjo una discusión entre los esposos, "haciendo el acusado un aspaviento con el brazo derecho dirigido hacia su hijo para que se callara, impactando con la mano en la boca de éste, al que le causó lesiones, consistentes en tumefacción y erosión en el labio superior, de las que tardó en curar cinco días".
El juez de lo Penal absolvió al acusado al considerar que no había tenido intención de causar heridas al niño y que todo fue "un acto reflejo y espontáneo que tuvo una mala consecuencia", y la Audiencia Provincial, al desestimar el recurso presentado por la madre, ha respaldado la decisión.
"Es cierto -indica la sala- que el menor señala que su padre le golpeó con "ganas", pero ello puede implicar una valoración emotiva de un acontecimiento que le desagradó y afectó profundamente, cualquiera que fuera la real intensidad del impacto".
"Se trató de una operación arriesgada, dado que el acusado iba conduciendo y, por lo tanto, con la mirada puesta en el frente, con lo que no pudo medir la intensidad y extensión del gesto, impactando así el dorso de la mano en la boca del menor", agrega.
Los magistrados añaden que "el hijo se vio sorprendido ante esa reacción del padre", sin olvidar recoger que la relación previa entre ambos "no era precisamente muy satisfactoria y cordial", por lo que pone en duda sus manifestaciones.




