El Colegio de Médicos de Toledo, que llevó a los tribunales el Código de la OMC, pionero en la lucha jurídica de «este derecho irrenuncibable»
El presidente del Colegio de Médicos de Toledo, Luis Rodríguez Padial, ha aclarado a ABC que la ofensiva jurídica que mantiene esta institución contra determinados aspectos del artículo 55 del Código Deontológico de la Organización Médica Colegial, sigue su curso en los tribunales. Y es que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tan sólo ha denegado las medidas cautelares solicitadas por el Colegio Oficial de Médicos de Toledo contra la suspensión de los artículos 55.1 y 55.2 del Código de Deontología Médica de la Organización Médica Colegial (OMC), referidos al deber del médico de informar a la paciente que desee abortar. Es decir, el recurso sigue su curso porque el Tribunal no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto.
Aunque los médicos toledanos han emprendido en solitario esta lucha contra la OMC, Rodríguez Padial asegura que van a seguir defendiendo el derecho a la objeción de conciencia de los médicos en relación a las prácticas abortivas porque considera es «un derecho irrenunciable», que entronca en la base misma de los derechos fundamentales de la persona, amparados por la Constitución Española y la legislación internacional.
Por eso, Rodríguez Padial afirma que el Colegio de Médicos «irá hasta el final» en la defensa de este derecho de los médicos toledanos, a los que representa. Así, recuerda que sean cuales sean los diferentes dictámenes judiciales sobre el caso que se vayan produciendo, u otros que pudieran acontecer, se mantendrá la lucha de los servicios jurídicos del colegio con la interposición de las demandas o recursos que sean necesarios.
De hecho, el Colegio de Médicos de Toledo ya interpuso, en su día, un recurso contencioso administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en relación con determinadas disposiciones dictadas por los anteriores responsables de le la Junta de Comunidades. En este caso, el alto tribunal dio la razón al Colegio de Médicos de Toledo.
El Código de Deontología Médica, al que se oponen en los citados artículos médicos toledanos, fue aprobado el pasado mes de julio en Asamblea de la OMC, compuesta por el Consejo General de Colegios Médicos, los presidentes de los 52 colegios de médicos de España más los 9 vocales nacionales. El código recoge, en 66 artículos, las normas éticas por las que se deben regir los médicos, que son de obligado cumplimiento para sus colegiados.
Los artículos recurridos establecen que «el médico está al servicio de preservar la vida a él confiada, en cualquiera de sus estadios. El que una mujer decida interrumpir voluntariamente su embarazo, no exime al médico del deber de informarle sobre las prestaciones sociales a las que tendría derecho, caso de proseguir el embarazo, y sobre los riesgos somáticos y psíquicos que razonablemente se puedan derivar de su decisión», y que «el médico, que legítimamente opte por la objeción de conciencia, a la que tiene derecho, no queda eximido de informar a la mujer sobre los derechos que el Estado le otorga en esta materia ni de resolver».




