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Javier Álvarez Hernando, abogado experto en tecnología
—¿Cuándo son delito las amenazas en internet?
—Lo que es delito en el mundo real también lo es en internet. Por ejemplo, es muy frecuente la suplantación de identidad. Personas que abren una cuenta falsa para hacer la vida imposible a alguien.
—¿Cómo se castigan las amenazas?
—Estos delitos se recogen en el artículo 169 del Código Penal, y suponen de seis meses a dos años de prisión si son graves, y de tres meses a un año si son menos graves. Las injurias, detalladas en el artículo 620, se castigan con multas de diez a veinte días. Las injurias graves con publicidad, como ocurre en internet, suponen de seis a catorce meses.
—¿Hay que denunciar los insultos o las amenazas?
—Las injurias o calumnias son perseguibles a instancias del agredido. En el caso de las amenazas, podría intervenir de oficio la policía, y de hecho lo hace en ocasiones, pero lo normal es que el procedimiento comience a instancias de alguien porque es difícil seguir cada comentario, insulto o amenaza que se hace en un mundo tan inabarcable como el de internet.
—¿Han aumentado últimamente estos casos?
—Están aumentando mucho porque existe una falsa sensación de impunidad. Hay gente que cree que nunca le pueden localizar por lo que haga en el ordenador de su casa. No saben que el número de IP es como nuestro carné de identidad, y que, a instancia de un juez, las operadoras facilitan el nombre del titular de la línea. En los próximos años estos delitos van a ser muy habituales.
—¿Cómo afecta a los menores?
—Cabe mencionar la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, de 9 de marzo de 2011, donde se condena a una menor a prestaciones en beneficio de la comunidad por tiempo de 200 horas y a abonar una indemnización de 1.336 euros a la víctima. Había accedido al perfil de la víctima en Tuenti en 175 ocasiones suplantando su identidad y vertiendo insultos contra compañeros de instituto.



























