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La Audiencia de Teruel ha dictado la primera condena de cárcel en España por un caso de ablación. Ha encontrado culpables, aunque en distinto grado, al padre y a la madre de una bebé a la que, cuando tenía solo unos meses, le mutilaron el clítoris. La familia reside en la localidad turolense de Alcañiz desde hace años.
Durante la vista oral, celebrada hace unos días, el abogado defensor de los padres alegó que la ablación no tuvo lugar en España sino en Gambia, de donde son originarios. Sin embargo, en la sentencia que se hizo pública ayer, el tribunal considera probado que la mutilación genital de la pequeña se realizó entre el 20 de noviembre de 2009 y el 25 de mayo de 2010 —cuando ya residían en Alcañiz—, fechas que se corresponden con las revisiones ordinarias realizadas al bebé a los ocho y doce meses de vida. En la primera no se detectó anomalía alguna, pero en la segunda los médicos comprobaron que a la pequeña se le había extirpado el clítoris, lo que motivó que el caso llegara hasta los juzgados.
Durante la vista oral también se alegó que en el país del que son originarios los padres la ablación es una «práctica tradicional». Sin embargo, la Audiencia de Teruel considera que esto no es eximente, en especial en el caso del padre, porque él reconoció ante el juzgado de instrucción que sabía que la ablación estaba prohibida y penada en España. Por tanto, el tribunal entiende que no cabe considerar que hubo «error de prohibición», por lo que condena al padre a seis años de prisión. Sí que entiende que dicho «error de prohibición» cabe ser aplicado a la madre (condena de dos años), porque no sabía que la ablación fuera ilegal en España y, además, había asumido la práctica «no solo como normal, sino incluso necesaria para la mujer».
La Audiencia condena a los progenitores —aunque con distinto grado de culpabilidad— por un delito de lesiones con mutilación genital por medio de la ablación. En la sentencia, el tribunal destaca que «resulta evidente que para la sociedad española la ablación del clítoris supone una de las prácticas más detestables que puede realizar una sociedad contra sus niñas, pues va en contra de la dignidad de las mujeres y de sus derechos como persona», y «persigue controlar la sexualidad de la mujer». La fiscalía pedía seis años de prisión para cada padre; la defensa, su absolución, argumentando que la ablación se practicó en Gambia.




