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Sociedad / SENTENCIA JUDICIAL

Llamar «zorra» a una mujer no es un insulto si es para destacar su astucia

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Día 04/10/2011

Llamar «zorra» a la esposa no constituye menosprecio o insulto, si quien utiliza este término lo hace «para describir a un animal que debe actuar con especial precaución , a fin de detectar riesgos contra él mismo», es decir, si se usa como «descripción de un animal astuto». Así lo afirma la Audiencia Provincial de Murcia en una sentencia, que revoca la condena de un año de cárcel a un hombre por un delito de amenazas a su ex mujer.

La Sala considera en su fallo que con la calificación de «zorra», el acusado no vertió una «expresión que proyectase desprecio o menosprecio a la dignidad de la mujer ni que tampoco fuera expresivo de una posición de dominio o exigente sumisión». Por ello, la Sala decidió absolver al acusado de un delito continuado de amenazas leves en el ámbito familiar y lo condenó por una falta continuada de amenazas leves. El hombre ya tenía antecedentes por un delito de malos tratos en el ámbito familiar al haber sido condenado en enero de 2009 a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y prohibición de acercarse a su esposa.

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