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La reforma constitucional para fijar el techo de déficit podría aprobarse en esta legislatura

El acuerdo entre los dos partidos haría innecesario un referéndum y permitiría modificar la Carta Magna antes de que se disuelvan las Cortes

Día 23/08/2011 - 13.52h

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La reforma de la Constitución propuesta por el presidente del Gobierno para fijar un límite de déficit podría llevarse a cabo en un mes, antes de que se disuelvan las Cortes el próximo 26 de septiembre. «En términos reglamentarios, cumpliendo determinados plazos y prescripciones puede modificarse la Constitución antes de que finalice la presente legislatura», ha asegurado el presidente del Congreso José Bonoen los pasillos de la Cámara al ser preguntado sobre la idea lanzada por el jefe del Ejecutivo en el Pleno extraordinario que celebra la Cámara Baja y que ha sido acogida favorablemente por el líder del PP, Mariano Rajoy.

La fórmula propuesta por Zapatero para retocar la Carta Magna y establecer una regla que garantice la estabilidad presupuestaria en el medio y largo plazo es que sean los grupos parlamentarios los que impulsen la modificación constitucional a través de una proposición de ley que sería tramitada por la vía de urgencia y en lectura única. Tras su registro en el Congreso, el Pleno podría tomar en consideración el texto un martes y dos días después aprobarlo para su remisión al Senado.

El Congreso prevé la celebración de dos sesiones plenarias en septiembre antes de la disolución, mientras que el Senado sólo tiene una en agenda. Ambas empiezan en la semana del 13 al 15 de septiembre por lo que, o bien el Congreso adelanta su primera sesión o bien el Senado organiza una sesión plenaria en la semana del 20 al 22.

No es necesario un referéndum

La reforma constitucional no requeriría un referéndum, dado el acuerdo entre los dos principales partidos, ha subrayado el vicesecretario de Comunicación del PP, Esteban González Pons, antes de añadir que «puede hacerse con relativa rapidez».

El artículo 167 de la Carta Magna establece que los proyectos de reforma constitucional deben ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras, lo que en este caso estaría garantizado con los votos de PSOE y PP. Pero, si en los 15 días siguientes a la aprobación la décima parte de los miembros del Congreso o el Senado lo solicitan, debería ser sometida a referéndum.

La Constitución prevé que si la reforma supone una revisión total del texto constitucional o una parcial que afecte al Título Preliminar, a los derechos fundamentales y libertades públicas o a la Corona, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y después habría que disolver las Cortes. Las nuevas Cámaras tendrían que ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras. Una vez avalada la reforma por las Cortes Generales, la modificación sería sometida a referéndum para su ratificación.

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