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El SAS cubre otra plaza directiva en contra de las sentencias del TSJA

Abre el plazo para nombrar por libre designación al director de una unidad de gestión clínica tras varios fallos que rechazan este tipo de procedimientos

Día 01/07/2011 - 09.23h

La Consejería de Salud persiste en una conducta que le han enmendado en varias ocasiones los tribunales: en la organización de los servicios hospitalarios y extrahospitalarios a través de unidades de gestión clínica. A pesar de que en los últimos meses varias sentencias han obligado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a retirar de sus puestos al menos a siete directores —dos de ellos en Córdoba— de estos órganos de gestión por considerar inadecuado su nombramiento, la Administración andaluza sigue adelante con este modelo.

La prueba de ello es que el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del pasado miércoles daba cuenta de la creación de un puesto de director de la Unidad de Gestión Clínica de Pediatría y Áreas Específicas en el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla.

Críticas sindicales

La publicación en el BOJA de esta convocatoria ha desatado las críticas de los principales sindicatos sanitarios de la comunidad autónoma. Por dos motivos. El primero, porque la creación de este cargo en el Virgen del Rocío —hospital en el que los tribunales han echado atrás cinco nombramientos de libre designación— viene a dar músculo a un modelo cuestionado no sólo por los representantes de los trabajadores, sino también por los tribunales, que han dado la razón a las reclamaciones realizadas por el Sindicato de Enfermería (Satse).

Y el segundo, porque el anuncio llega justo cuando la Administración autonómica está negociando un nuevo decreto que dé encaje legal a las unidades clínicas en los hospitales, donde no están reguladas, como sí lo están en Atención Primaria y en las áreas de Salud Mental. El SAS, además, trata de que el nuevo decreto reforme de acuerdo a sus intereses la situación jurídica de las unidades de gestión clínica en Atención Primaria y en Salud Mental, donde también se han producido renuncias de directores forzadas por los tribunales. De hecho, las dos que se han registrado en Córdoba —en las unidades de gestión clínica de Poniente y, de otro lado, Cuidados Críticos y Urgencias— han sido en áreas no hospitalarias.

A sabiendas del error

El propio SAS es consciente de que el modelo de las unidades de gestión clínica está en el aire. Lo reconoce, menuda paradoja, en la propia convocatoria de plaza del Virgen del Rocío publicada en el BOJA el pasado miércoles. En la presentación de la plaza, la Junta indica que «se han venido convocando a provisión numerosos cargos intermedios por el procedimiento de libre designación (...), pero distintas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y de los juzgados de lo contencioso administrativo han declarado que no puede proveerse por el sistema de libre designación todos los puestos de jefes de servicio, jefaturas de bloque de enfermería, coordinadores de programas, coordinación y dirección de unidades clínicas y dirección de centros de salud».

A continuación, el SAS viene a decir que ante sus necesidades organizativas no tiene más remedio que seguir apostando por este modelo de unidades de gestión clínica. Así, en el BOJA se lee que «independiente del carácter firme o no de dichas sentencias y hasta tanto devengan en firmes, el conjunto de circunstancias derivadas de la aplicación de las mismas produce una situación de parálisis en el necesario procedimiento de cobertura de los cargos intermedios que afecta directamente a la organización de los servicios (...) y redunda en perjuicio de la propia actividad asistencial».

En un último párrafo el Servicio Andaluz de Salud se confiesa atado de pies y manos. «Se hace imprescindible articular los mecanismos necesarios que permitan la provisión de los cargos intermedios en el marco de la normativa reglamentaria que regula su provisión de acuerdo con la doctrina de nuestros juzgados y tribunales».

Las Unidades de Gestión Clínicas están reguladas en Atención Primaria mediante el Decreto 197/2007, por el que se articulan la estructura, la organización y el funcionamiento de los servicios de Atención Primaria de salud en el ámbito del SAS. En Salud Mental este aspecto queda fijado por el Decreto 77/2008 de Ordenación administrativa y funcional de los servicios de Salud Mental en el ámbito del SAS. Ambos decretos implican que tanto la Atención Primaria como los dispositivos de Salud Mental se organicen funcionalmente como unidades de gestión clínica, normativa que aún no existe en el SAS para el ámbito hospitalario, como ya se ha indicado al comienzo de esta noticia.

La imposición de este modelo de gestión clínica sin elementos normativos que los respalden en el ámbito hospitalario, así como el rechazo mayoritario de los profesionales, está provocando una creciente conflictividad en el sistema sanitario andaluz.

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