Los profesionales liberales que se jubilen a partir del 1 de julio no podrán compatibilizar el cobro de la pensión de la Seguridad Social con el ejercicio de su profesión. Así se prevé en una orden del Ministerio de Trabajo sobre el régimen de incompatibilidades aprobada el pasado 23 de mayo.
Hasta ahora existía la posibilidad de que en profesiones con carácter liberal, aquellos que hubiesen optado por una Mutualidad de Previsión Social como sistema alternativo al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social pudiesen seguir trabajando como colegiados tras su jubilación oficial y a la vez cobrar su correspondiente pensión.
Estos colectivos cotizan por la base mínima en su vida laboral para seguir trabajando
Las asociaciones de autónomos explican que estos colectivos durante su vida laboral cotizan por la base mínima con el objetivo de seguir trabajando para complementar las mínimas pensiones a las que tienen derecho.
Estos colectivos alertan que estas cortapisas al ejercicio de la actividad pasada la edad de jubilación pueden disparar la economía sumergida. Además, varios colegios profesionales han anunciado que presentarán recursos por lo contencioso administrativo para pedir que la norma no entre en vigor.
Algunos profesionales a punto de jubilarse lo están adelantando para esquivar la norma
Además, quedan excluidos de la nueva reglamentación los profesionales que opten por una mutualidad como único sistema de previsión, es decir de carácter privado, que sí podrán seguir ejerciendo libremente mientras perciben la prestación de jubilación de su mutualidad, ya que se trata de un régimen privado.
No obstante, para esquivar la nueva norma, algunos profesionales que rondan la edad de jubilación están adelantando sus retiros en estos últimos días.






