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Una empresa podrá despedir con 20 días si prevé pérdidas «transitorias»

La reforma laboral solo contemplaba hasta ahora las pérdidas «permanentes» para sustentar los ERE

Una empresa podrá despedir con 20 días si prevé pérdidas «transitorias» ÓSCAR DEL POZO

javier gonzález navarro

Consejo de Ministros aprobó ayer, casi a hurtadillas, el nuevo reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), el cual, endurece la reforma laboral que entró en vigor el 18 de junio de 2010 y posibilita a los empresarios a que despidan a sus empleados con 20 días de indemnización por año trabajado (despido objetivo) no solo si prevén pérdidas «permanentes», sino también si se espera que sean «transitorias».

Hay que recordar que la reforma laboral contempla en los ERE que el empresario pueda justificar, además de que la situación económica actual sea negativa, que también la futura lo vaya a ser. Pero no se incluían las pérdidas «coyunturales», término que ha sido cambiado, por recomendación del Consejo de Estado, por el de «transitorias» y finalmente figuran en el reglamento que entrará en vigor el lunes si aparece hoy publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Razonable o no

Según la nueva norma, las empresas tendrán que presentar un informe sobre los datos en que se basa la previsión de pérdidas y los criterios utilizados cuando vayan a presentar un ERE. También deberán acreditar «el volumen y el carácter permanente o transitorio de las pérdidas a efectos de justificar la razonabilidad de la decisión extintiva».

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, afirmó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que cuando las pérdidas sean transitorias el despido colectivo «puede no ser la medida más razonable; pero también puede serlo». Explicó que no se trata de un cambio «trascendental» y que el Gobierno sigue buscando que las empresas usen «lo menos posible» el despido cuando atraviesen momentos de dificultad y recurran más a otros elementos de ajuste.

El Gobierno también refuerza con este reglamento la exigencia del plan de acompañamiento social de los ERE, que tienen obligación de presentar las empresas de más de 50 trabajadores y que debe ser objeto de negociación con los representantes de los trabajadores. La norma regula también los expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo y de reducción de jornada (modelo alemán) como fórmulas de flexibilidad interna en la empresa alternativas al despido.

Asimismo, el Consejo de Ministros aprobó ayer el decreto ley de la reforma de la negociación colectiva después de que la patronal y los sindicatos no llegaran a un acuerdo tras casi cuatro meses de discusiones. Y también hubo sorpresa ya que, por segunda vez en 48 horas, el Gobierno ha recortado el plazo para la renegociación de los convenios colectivos, que será de hasta 8 meses para los que duren dos años y de hasta 14 meses para los de más de dos años. El primer borrador del Ejecutivo, conocido el pasado miércoles, preveía un único plazo de 20 meses. Al día siguiente, se cambió a entre 12 y 18 meses.

Consultas a contrarreloj

El ministro de Trabajo ha explicado que estos cambios son fruto de las consultas «rápidas» realizadas en los últimos dos días con los agentes sociales y añadió que los plazos definitivos son «un tiempo razonable».

Así, la reforma establece que debe realizarse un preaviso de denuncia del convenio tres meses antes de finalizar su vigencia. Desde ese momento, se da un plazo de un mes para que se inicie la negociación de un nuevo texto. Los plazos máximos de 8 y 14 meses para negociar contarán desde el final de la vigencia de los convenios. Durante esa prórroga, que actualmente es indefinida, todos los conceptos del convenio siguen en vigor, salvo los salarios, que podrán revisarse previo acuerdo entre ambas partes (descuelgue). En caso de que no haya acuerdo entre las partes transcurrido ese tiempo, la reforma establece un periodo transitorio en el que se obliga a las partes a recurrir a un arbitraje, a la espera de que sindicatos y patronal sellen acuerdos interconfederales por los que establezcan a qué mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos han de acudir.

Valeriano Gómez admitió que «son mejores las reformas pactadas» y subrayó que esta es «equilibrada y profunda» y que «no está lejos del acuerdo que se pudo haber alcanzado». Respecto a las mutuas y el absentismo, sobre los que existía un acuerdo «prácticamente escrito» hace unos días y que no han sido incluidas en la reforma, ha anunciado que el Gobierno «no tendrá dificultad» para que «buena parte de esas medidas» se puedan incorporar durante su trámite parlamentario.

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