Si se tiene una vivienda y se quiere alquilar hay una serie de gastos que se pueden desgravar. Si se utilizó un crédito para su adquisición se puede desgravar los intereses del mismo.
Así como los gastos de conservación, es decir, las derramas de la comunidad, el gasto por la revisión de la caldera de gas o el seguro de hogar entre otros.
También son gastos deducibles el pago de la comunidad y del Impuesto de Bienes Inmuebles. Asimismo, los gastos de mejora, como instalar aire acondicionado o reformar la cocina, o la compra de muebles. En este caso, se pueden deducir un 10% del gasto total.
Además, en la declaración se puede descontar un 3% del 60% del valor total del inmueble como depreciación o desgaste por el uso.
En función de la edad de los inquilinos, existen descuentos por alquilar, hasta un 100% si el inquilino es joven, es decir, tiene entre 18 y 35 años. Con la nueva ley, el límite de edad para la declaración se bajó a 30 años.
Existen descuentos por alquilar a un inquilino joven de hasta un 100%
Información completa con ejemplos prácticos en Finanzas.com.







