Medios y Redes

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El Gobierno fuerza al sector privado a empezar a pagar a RTVE antes de octubre

Las cadenas deberán abonar también por la financiación de la producción de películas y series para la pequeña pantalla

Día 07/08/2010
Las cadenas de televisión privada de ámbito estatal y las empresas de telecomunicaciones tendrán que abonar antes del próximo mes de octubre el nuevo impuesto fijado por el Gobierno para financiar Radiotelevisión Española (RTVE). Además, esta tasa puede ser más de la prevista por los operadores teniendo en cuenta que ahora se incluyen en los ingresos gravados tanto los que provengan del mero negocio televisivo como de la financiación anticipada de la producción europea de películas cinematográficas, películas y series para televisión, documentales y películas y series de animación así como los negocios jurídicos sobre licencias de comunicación audiovisual. Estas son dos de las principales conclusiones recogidas en el Real Decreto publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que desarrollar la Ley de Financiación de la Corporación RTVE.
El Gobierno español, de esta forma, no ha querido esperar a que el Ejecutivo comunitario se pronuncie de manera definitiva sobre la legalidad de este nuevo impuesto que recaerá sobre las TV privadas y los operadores de telecomunicaciones, y aunque días atrás Bruselas admitiera que «TVE no recibirá una compensación excesiva por prestar servicios públicos de radiodifusión» sigue abierto el procedimiento de infracción para determinar si es o no legal la polémica tasa con lque se prtende compensar la prohibición de emitir publicidad en la Corporación pública.
El Real Decreto establece que antes del 10 de septiembre de 2010, el ministro de Industria, a propuesta de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), aprobará por orden ministerial los modelos de ingresos a cuenta y autoliquidación necesarios para pagar la nueva tasa. Una vez que esto ocurra, las televisiones y las «telecos» tendrán un plazo de veinte días para pagar tanto la cantidad correspondiente al último cuatrimestre de 2009 —la Ley de Financiación de RTVE entró en vigor el 1 de septiembre de ese año— como los pagos de la tasa a cuenta vencidos y no satisfechos, correspondientes al presente ejercicio. Para el cálculo de las cantidades mensuales a pagar se tomará el importe de la recaudación neta obtenida a 20 de diciembre de 2009.
También se fija un impuesto sobre el dominio público radioeléctrico: los pagos a cuenta mensuales a favor de RTVE se calcularán aquí tomando como referencia la recaudación neta obtenida en el ejercicio 2009, a fecha 31 de diciembre.
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