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Mònica Oltra, como Ghandi en El Cabanyal

El fiscal recurre la decisión de llevar a juicio a la diputada: su resistencia no fue «obstructiva» sino «ghandiana»

ROBER SOLSONA

ISABEL RODRÍGUEZ DE LA TORRE

Dice el fiscal que lo de Mònica Oltra en el Cabanyal oponiéndose a los derribos de viviendas acordados por el Ayuntamientode Valencia y resistiéndose a cumplir las órdenes de la Policía «no fue una negativa obstructiva, caprichosa y con una voluntad manifiesta de atentar» contra el «principio de autoridad» de los agentes. Dice el fiscal, que al comportamiento de la diputada autonómica de Compromís «habría que darle una interpretación benevolente»; explica que lo que hizo «está más próximo a una actitud Ghandiana que de ofensa a la dignidad y condiciones del ejercicio de la función pública» de los agentes; y concluye que el rifirrafe que mantuvo con éstos cuando la desalojaron de uno de los inmuebles en el que iba a entrar la excavadora no es ni delito ni falta. «Procede el sobreseimiento libre y el archivo», concluye.

El Tribunal Superior de Justicia entendió que la diputada debía ser juzgada por un falta leve de desobediencia a la autoridad por los incidentes protagonizados con la Policía el 6 de abril. El instructor de la causa, el magistrado Juan Montero, acordó dejar en manos de la Sala de lo Civil y Penal la decisión de si la diputada debía ser juzgada por el TSJ, por ser aforada, o por un tribunal ordinario.

«Conducta de menor entidad»

La Fiscalía discrepa de ambas decisiones del instructor. El recurso lo ha redactado el teniente fiscal, Gonzalo López Ebri. Defiende que ha de ser el juez instructor y no la Sala quien decida qué juzgado es competente para enjuiciar la causa.

El fiscal no ve caso; es dice, «una conducta de menor entidad». Pero sostiene que, en el supuesto de que el instructor decida seguir adelante, Oltra habría de sentarse en el banquillo de los acusados de un juzgado ordinario y no en el de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ porque ésta última, según el Estatuto de Autonomía, es competente para perseguir los «actos delictivos» cometidos por los aforados. Y eso, según el Ministerio Público, excluye las

faltas. En apoyo de sus tesis, el fiscal recuerda que el Supremo y todos los Tribunales Superiores realizan una interpretación restrictiva del aforamiento y se declaran incompetentes para enjuiciar las faltas.

La denuncia de un intendente de la Policía Local señala que Oltra «ha puesto gran resistencia a su traslado». Ante el juez, el mando policial aseguró que aquel día no vio a la diputada y que «lo que sabe es por referencia de otros agentes». Los que declararon, cinco, insistieron en que el comportamiento de Oltra «fue en todo momento educado y correcto», aunque dos de ellos tuvieron que agarrarla de los brazos para sacarla de la zona que se negaba a abandonar. El atestado de la Policía Nacional, subraya el fiscal, no hace «referencia alguna» a la diputada.

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