La primera edil, de la ilegalizada ANV, pidió un «chaparrón de aplausos» para los autores del atentado contra la T-4

Marian Beitialarrangoitia / REUTERS
Con el voto de cuatro de los cinco magistrados que integran la Sala, el Tribunal Supremo ha revocado la sentencia de la Audiencia Nacional que el pasado mes de junio condenó a la alcaldesa de Hernani, de la ilegalizada ANV, a un año de prisión por enaltecer a ETA. Marian Beitialarrangoitia pidió en 2008 un «chaparrón de aplausos» para los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola, que acababan de ser detenidos por el atentado perpetrado contra la Terminal 4 del aeropuerto de Barajas, en Madrid, en el que fueron asesinados dos ciudadanos ecuatorianos. Recientemente, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido penas de 900 años de prisión para cada uno de ellos en su escrito de conclusiones provisionales.
Fuentes de la Sala Segunda han señalado que las deliberaciones se han extendido más de la cuenta como consecuencia de las discrepancias que este asunto ha suscitado en el seno del Tribunal, diferencias que quedarán finalmente reflejadas en el voto particular discrepante de uno de sus miembros.
Así, Joaquín Giménez, presidente de la Sala y ponente de la sentencia, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y José Antonio Martín Pallín conforman la mayoría del Tribunal, partidaria de la absolución al entender que los hechos no revisten caracteres de delito y que las manifestaciones de la alcaldesa están amparadas por la libertad de expresión. Julián Sánchez Melgar se ha quedado solo en la defensa de sus tesis a favor de la condena por enaltecimiento.
Durante la vista del recurso de casación, celebrada el pasado 18 de febrero, la Fiscalía del Supremo pidió la confirmación de la sentencia porque el mensaje de la alcaldesa de Hernani fue «pensado y madurado» y porque el delito de enaltecimiento «ha quedado patente».
«Expresión de cariño»
Durante el juicio en la Audiencia Nacional, Beitialarrangoitia se defendió de la imputación alegando que las palabras que pronunció eran «una expresión puntual de cariño» ante los supuestos malos sufridos por los dos terroristas.
También la sentencia de la Audiencia contó con un voto discrepante, el de Ángela Murillo, partidaria de condenar a la edil proetarra por injurias a la Guardia Civil, pero no por enaltecimiento.



