Los padres negligentes podrán ser condenados si hay menores muertos
EFE El fiscal jefe de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ayer, en Santiago de Compostela
Los últimos datos sobre menores fallecidos en accidentes de tráfico resultan alarmantes: de los 76 niños que perdieron la vida, 40 de ellos no llevaban puestos los cinturones de seguridad o viajaban en coches que carecían de los sistemas de retención y protección que son obligatorios (sillitas, alzadores...). Sobre esta inquietante realidad, entre otras cuestiones, han centrado su trabajo los Fiscales Especialistas de Seguridad Vial reunidos en unas jornadas de trabajo que se celebran en Santiago de Compostela y que están siendo coordinadas por Bartolomé Vargas, Fiscal de Sala, que señaló que «sospechamos cifras aún más elevadas en lesiones leves por no llevar los debidos sistemas».
En el documento de trabajo se defiende que «son funciones tradicionales y propias del Ministerio Fiscal la protección de menores». En esta línea los fiscales consideran que «el conductor de automóviles, motocicletas o vehículos de servicio público de pasajeros ostentan una posición de garante respecto de los menores sin discernimiento o capacidad para ponerse el cinturón o utilizar el sistema de protección que les obliga a garantizar que se cumpla la ley respecto de pasajeros tan vulnerables», en particular en lo referente a «los niños menores de tres años y de los mayores de tres sin suficiente discernimiento o formación para tomar la decisión de ponerse el cinturón o utilizar el correspondiente sistema de retención».
Por ello recuerdan que «en supuestos de lesiones o fallecimiento del menor por no llevar el cinturón o el sistema de retención, el fiscal puede ejercer acción penal contra el conductor por homicidio o lesiones imprudentes».
Asimismo recomiendan que «cuando se trata de personas unidas al menor por vínculos parentales y tuitivos que generan obligaciones específicas de velar por él, los incumplimientos que se detecten por el Fiscal de Seguridad Vial serán enviados a la Fiscal de Sala Coordinadora de Menores a efectos de la aplicación de la ley orgánica de protección jurídica del menor».
En lo referente al transporte escolar advierten de que si bien «se cumple mayoritariamente en el sector, han de recordarse los deberes de cuidado y asimismo la posición de garante claramente delimitada en estas normas del conductor y acompañante con idénticas y posibles consecuencias penales. Los Fiscales de Seguridad vial velarán por el cumplimiento riguroso de esta legislación».
Pinturas deslizantes
Otro de los aspectos abordado en las jornadas y destacado en las conclusiones es la situación de bandas transversales, badenes y resaltos antirreglamentarios, frente a los que actuará el fiscal «en los casos más graves» para prevenir y evitar accidentes y estudiando «la responsabilidad de funcionarios por deficiencias».
El documento detalla que «en ocasiones estos elementos se construyen en carreteras a iniciativa de los vecinos por un maestro de obras que actúa a su buen criterio y sin control respecto de sus características técnicas». También añadió que, con frecuencia, de modo «antirreglamentario se utiliza pintura de bandas rojas y blancas que se constituye en material deslizante con un especial riesgo para ciclistas y motoristas ante la lluvia el rocío o el riego de las calles».
Por otra parte los fiscales indicaron que vigilarán y perseguirán por «prevaricación omisiva» a aquellos Ayuntamientos que no aplican o remiten la detracción de puntos a la Jefatura de Tráfico.

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