Publicado
Miércoles
, 17-02-10 a las 18
:
40
La Audiencia de Valencia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 3.000 euros por abusar sexualmente de una mujer a la que contrató a través de internet como señora de la limpieza y a la que abordó un día, desnudo, alegando que practicaba nudismo.
La sentencia de la Sección Tercera condena también al demandado a indemnizar con otros 500 euros a la chica, quien reaccionó al abuso saliendo corriendo de la casa.
En octubre de 2009, Adrián B. llamó por teléfono a María Eugenia M., que se anunciaba en internet ofreciendo sus servicios de limpieza a domicilio, para contratarla.
Días después, la mujer y su novio acudieron al inmueble de Adrián, en Valencia, y tras entrevistarse con el hombre, todos convinieron verbalmente que la chica comenzaría a trabajar al lunes siguiente. Sobre las 17,00 horas de ese día, cuando María Eugenia estaba realizando las tareas de limpieza en la casa, el propietario dijo que iba a cambiarse de ropa, pero salió de su dormitorio completamente desnudo.
Pese a que la mujer le pidió en repetidas ocasiones que se vistiera, él hizo caso omiso y permaneció sin ropa alegando que practicaba nudismo. Así, se acercó a la chica, la cogió por los glúteos y la apretó contra su cuerpo mientras le decía que se relajara y estuviera tranquila, hasta que ella le apartó y salió corriendo del domicilio.
El fallo desestima ahora el recurso presentado por el demandado contra una sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de Valencia que se pronunciaba en el mismo sentido. El tribunal estima que no ha quedado probado que denunciante y denunciado mantuvieran una relación previa, tal y como éste alegaba en el recurso -hecho que, a su juicio, explicaría de algún modo la situación- ni que ella le denunciara por despecho tras un rechazo sentimental.


