Un director general, un responsable de riesgos y un «controler» las administrarán durante un máximo de 6 meses
El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), dependiente del Ministerio de Economía y creado por el Gobierno para gestionar estos procesos, está conformando varios equipos por si, por indicación del Banco de España, tuvieran que intervenir con urgencia en entidades como administradores provisionales para reestructurarlas.
La intervención del FROB se producirá cuando una entidad cuya viabilidad y solvencia estén en peligro no haya presentado al Banco de España un plan de saneamiento en el plazo de un mes o éste no haya sido aprobado por el supervisor, según se recoge en los artículos 6 y 7 del real decreto que lo regula. Por tanto, la formación de los equipos se está realizando de forma preventiva para que el FROB tenga la máxima agilidad en caso de que se tenga que producir su intervención.
La selección de esos equipos la está realizando una empresa de cazatalentos entre altos directivos prejubilados de la banca. Cada uno de esos equipos estará conformado por tres personas que ocuparán en la entidad intervenida los cargos de director general, responsable de riesgos y un «controler» que se ocupará de gestionar el balance y vigilar los costes. La remuneración de estos directivos estará en línea con el mercado.
Informe de la entidad
Una vez que el Banco de España designe como administrador provisional al FROB, el equipo que este organismo designe para dirigir temporalmente la entidad tendrá que elaborar en el plazo de un mes un informe detallado sobre la situación patrimonial y la viabilidad de ésta.
Además, someterá a la aprobación del Banco de España un plan de reestructuración de la entidad para superar sus dificultades. Se hará mediante su fusión con otra u otras entidades de reconocida solvencia o el traspaso parcial o total de su negocio a otra u otras entidades a través de la cesión global o parcial de sus activos y pasivos con procedimientos que aseguren la competencia. Por ejemplo, el sistema de subasta, entre otros.
A petición razonada del FROB, el Banco de España podrá ampliar el citado plazo hasta un máximo de seis meses. El real decreto precisa que el FROB, simultáneamente, elevará a la ministra de Economía y Hacienda una memoria económica en la que se detalle el impacto financiero del plan de reestructuración presentado sobre los fondos aportados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. No obstante, la ministra podrá oponerse en el plazo de diez días desde que le sea elevada dicha memoria.
Desde el momento de su designación como administrador provisional de una entidad y mientras se elabora el plan de reestructuración, el FROB podrá, temporalmente, suministrar los apoyos financieros que se precisen de acuerdo con el principio de utilización má eficiente de los recursos públicos. La comisión rectora del FROB está presidida por el subgobernador del Banco de España, Francisco Javier Aríztegui.



