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El Alto Tribunal se opone a la educación monolingüe, en el idioma que sea, en las autonomías con dos lenguas cooficiales
Miércoles , 18-11-09
La sentencia del Tribunal Supremo en la que desestimaba la petición de un padre vigués para que su hijo cursara sus estudios íntegramente en castellano -apelando a la discriminación que suponía no poder ejercitar este derecho, reflejado en la Constitución- se convirtió ayer en munición para la oposición y sus colectivos afines para atacar la política lingüística de la Xunta de Galicia.
El socialista Francisco Cerviño calificó de «acierto» la decisión del Supremo e insistió en que el «objetivo» de los poderes públicos «en un país con dos lenguas» debe ser «garantizar que todos los niños la finalizar la Educación Secundaria Obligatoria tengan competencia en las dos lenguas».
Desde el BNG, su portavoz en materia de lengua, Bieito Lobera, valoró que el fallo judicial «desmonta las mentiras del PP y de los grupos extremistas a los que apoya sobre la imposición del gallego» y resulta «claro y demoledor» que «los padres no tienen derechos a que sus hijos sean ignorantes en lengua gallega» y «reafirma el derecho de los niños y niñas a prender en gallego», indicó el BNG en un comunicado.
La también nacionalista Carme Adán quiso utilizar el fallo del Supremo para desautorizar la consulta voluntaria que la Xunta realizó este verano a los padres con hijos en edad escolar, algo que para el popular Manuel Ruiz Rivas no genera controversia, ya que el tribunal «enjuicia una ley» y la encuesta «reflejaba una voluntad».
Quien no se dio por aludido por la decisión del Tribunal fue el conselleiro de Educación, quien ayer aseguró que ésta «no afecta» al nuevo decreto sobre la aplicación de la lengua en la enseñanza pública que ultima su departamento y que respetará «estrictamente la legalidad».
Lecturas de la sentencia
El Tribunal, no obstante, hace algunas apreciaciones en su fallo que los partidos han obviado en sus valoraciones. Por un lado, señala que el derecho constitucional a conocer y usar la lengua española no es recurrible ante los tribunales, y que la regulación de los idiomas cooficiales depende de los respectivos estatutos de autonomía, que tienen rango máximo al conformar el llamado «bloque de la constitucionalidad». Igualmente, señala que es la legislación autonómica la encargada de regular el cometido constitucional de garantizar el uso y conservación de las distintas lenguas autonómicas.
Del mismo modo, considera discriminación por razón de lengua el hecho de que se pueda marginar un idioma, sea estatal o regional, por lo que cierra la puerta a cualquier monolingüísmo en la enseñanza pública en las autonomías con idioma propio.
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