Valoración:
Sábado, 24-10-09
La delgada línea roja que, para un delincuente pillado in fraganti, separa un juicio por 36 secuestros de un reformatorio más o menos light, la trazan la exactitud de un examen de la dentición, la radiografía de una muñeca o el estudio del vello púbico. No la gravedad de los delitos imputados, ni la madurez mental del detenido. Así es la ley, desde luego.
Pero hablamos de un joven en torno a los dieciocho años, la edad en la que sus compañeras españolas de generación podrán abortar sin conocimiento de sus padres desde dos años antes; no de un impúber trastornado por la aparición de los primeros barrillos en su mentón adolescente.
De todo el trajín que han provocado las dudas sobre la edad de uno de los piratas somalíes detenidos por el secuestro del Alakrana, la opinión se ha quedado con la batalla de competencias en torno a un carrusel de análisis médicos. Y, sin embargo, se trata de una ocasión pintiparada para reabrir el debate sobre la responsabilidad penal de los menores. Los casos se acumulan y cuesta seguir admitiendo que son hechos excepcionales. En alguna edad habrá que trazar la raya. Pero parece una evidencia que un pirata de diecisiete años y 364 días es tan malo como uno de dieciocho y un día, o como uno de veinte o veintiséis. O que el asesino de Sandra Palo sabía bastante bien lo que hacía. Yo recuerdo mis dieciocho y mis catorce, y me parece que había un mundo entre ambas edades. No entre los dieciocho y los diecinueve.
Sé que voy a meterme en un jardín del que no tardaré en ser expulsado por la espada flamígera de la ortodoxia garantista. Pero no me parece un criterio reaccionario que, a partir de una edad determinada, la responsabilidad penal de un menor la determine un examen forense y no la hoja del calendario. Por ejemplo.
Valoración:

Enviar a:

¿qué es esto?


Más noticias sobre...