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Martes, 15-09-09
Cuando esté vigente la normativa que pretende elaborar el Gobierno regional para garantizar la autoridad del profesorado público, quienes les agredan podrían enfrentarse a penas de prisión de dos a cuatro años y multa de tres a seis meses ya que al colectivo docente se la habrá equiparado con los agentes de la autoridad y jueces. En este sentido, el artículo 550 del Código Penal señala que «son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen la fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas». De esta forma, al profesorado también se le considera agente de la autoridad, como jueces, políticos electos y policías que estén prestando servicio, entre otros. Las penas serán superiores si la agresión «se verifica con armas y otro medio peligroso».
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