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Actualizado Viernes, 14-08-09 a las 18:35
Las asociaciones Alicante, Valencia y Castellón Educa en Libertad (AEL), en representación de los padres de 241 niños y adolescentes de las tres provincias de la Comunidad Valenciana, presentaron hoy recursos de reposición contra la resolución del consejero de Educación, Alejandro Font de Mora, que "les denegó el reconocimiento de su derecho a que, por razones de conciencia, sus hijos queden eximidos de cursar las cuatro asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC), tal y como están diseñadas en sus actuales currículos".
Según informaron las asociaciones en un comunicado conjunto, los dirigentes de las tres entidades han tramitado los escritos en el registro de la Conselleria de Educación y en el de la Dirección Territorial de Alicante. Asimismo, anunciaron que interpondrán recursos contencioso-administrativos si se agota la vía administativa sin que Educación les haya eximido de cursar la asignatura.
Los recursos arguyen que la resolución denegatoria "vulnera el derecho fundamental a la libertad de conciencia, reconocido en la Constitución", así como el que asiste a los padres "para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, derecho que corresponde a los poderes públicos garantizar, tanto dentro como fuera del ámbito escolar".
Los recurrentes también invocan "la doctrina del Tribunal Constitucional", que determina "claramente" que "la objeción de conciencia no precisa de una ley previa que la regule", según indicaron. Por otra parte, defienden en sus escritos que las sentencias del Tribunal Supremo de 11 de febrero de 2009, en las que señalaron que "pretende apoyarse" la resolución de la Consejería, "no constituyen doctrina y por tanto no forman parte de nuestro ordenamiento jurídico", puesto que han sido recurridas ante el Constitucional.

A su juicio, tampoco "puede justificarse la resolución en la cita de preceptos relativos a las enseñanzas mínimas" en la ESO, porque tales "contenidos mínimos no pueden vulnerar, en ningún caso, los derechos fundamentales antes citados". Además, recuerdan que conforme al artículo 9. 2 de la Constitución Española, "corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas".
Por todo ello, las familias objetoras solicitan la reposición de la decisión denegatoria y que, en consecuencia, la Conselleria "tenga por comunicada la objeción de conciencia y declare a sus hijos exentos de cursar las asignaturas citadas y de ser evaluados en las mismas, sin que ello pueda producir efectos negativos de carácter académico".
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