
La Audiencia Nacional ha corregido al juez Santiago Pedraz y le ha ordenado que prohiba los dos actos de homenaje a presos de ETA convocados para hoy y para mañana en Villabona (Guipúzcoa). La Sección Cuarta de lo Penal cree que existen «contundentes indicios» de que se va a cometer un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas. Ayer mismo, Pedraz se dirigió al Gobierno vasco para que impida la celebración de ambas convocatorias, prevenga «la comisión de hechos delictivos» que podrían derivarse de esa prohibición e identifique y detenga a los convocantes como autores de un delito de enaltecimiento del terrorismo.
El Tribunal, que estima el recurso de la asociación Dignidad y Justicia (DyJ), rechaza que la convocatoria sea «neutra» y que, en consecuencia, deba ser amparada por el libre ejercicio del derecho de reunión y manifestación, tal y como argumentó Pedraz basándose en que el objeto declarado de los actos es la protesta por la dispersión de los presos.
No es lo que parece
Todo es pura apariencia, advierte la Sala. Cuando se analiza la documentación aportada por DyJ se ve que la crítica a la dispersión «se realiza sólo respecto de los llamados por el entorno etarra «presos políticos», con exclusión de los llamados por el mismo entorno «presos sociales»».
«Dicha distinción entre presos por los que se preocupan los individuos del entorno etarra y presos que les son indiferentes» es la misma con la que ETA intenta, a través de su «frente de cárceles», mantener la «cohesión» entre sus internos y evitar así «individualismos y acciones personales al margen de la banda». «Precisamente esta distinción -explica la Sala- es la que invalida la concepción de hallarnos ante una genuina expresión de los derechos de reunión y manifestación constitucionalmente consagrados».
Anagramas de Askatasuna
Junto a este elemento, la Audiencia Nacional ve «indicios contundentes» del delito de enaltecimiento: la convocatoria a través de la página web «www.askatu.org», registrada por personas del entorno etarra; la utilización de los anagramas de la ilegalizada Askatasuna; y la exhibición de fotos de presos de ETA, como es el caso de Óscar Celaraín. El homenaje a este individuo, condenado por el atentado que hace siete años acabó con la vida de la niña Silvia Martínez Santiago en Santa Pola, es el previsto para hoy.
La Sala recuerda que, según la jurisprudencia, la exhibición de fotos es un homenaje y, por ende, «un claro comportamiento de enaltecimiento de unos terroristas por el hecho de serlo, de lo que les ha conducido a su situación de penados y (...) de las graves actividades delictivas que en su día llevaron a cabo».


