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Actualizado Jueves, 09-07-09 a las 00:08
El juez de Instrucción número 2 de El Escorial, Miguel Ángel Aguilera, se ha declarado hoy «no competente» para exhumar las fosas del Valle de los Caídos. El juez remite la causa al juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón -que dictó la inhibición el 26 de diciembre del año pasado-, repitiendo así la misma fórmula que realizó la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Granada sobre la que recayó otra causa abierta por Garzón para autorizar la exhumación de la fosa donde se encuentran supuestamente los restos del poeta Federico García Lorca.
La magistrada de Granada alegó entonces que se trataba de «crímenes contra la humanidad» y que correspondía a la Audiencia, en su caso, dirimir sobre el asunto, devolviendo la causa a Garzón, quien se había inhibido en diciembre de 2008 en favor de los juzgados territoriales para que fueran éstos los que investigasen los crímenes del Franquismo.

El juez de Instrucción número 2 de El Escorial ha realizado la misma operación, por lo que no investigará ni autorizará la exhumación de los ocho cadáveres de republicanos que se encuentran en la cripta «África», en el recinto del Valle de los Caídos.

Vecinos de ÁvilaLa Asociación de la Memoria Histórica de Valladolid solicitó la apertura del columbario del Valle de los Caídos, que pretende recuperar en ese lugar los restos de varios vecinos de Pajares de Adaja (Ávila) que murieron fusilados a manos de un grupo falangista en el pueblo cercano de Aldeaseca, el 20 de agosto de 1936.
Según dictó entonces la providencia de la Audiencia Nacional, la localización exacta de este columbario, que está registrado con el número 198, es en el primer piso de la cripta «África» de la basílica del Valle de los Caídos.

«Sin dar razón del paradero»En un auto notificado hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el juez Aguilera recalca que «no puede obviarse» que «los hechos ocurridos durante la Guerra Civil tuvieron incidencia en la Comunidad internacional, que todos los actos delictivos -detenciones, secuestros, asesinatos y torturas- estaban encuadrados y dirigidos para el mismo fin, es decir, para subvenir el orden constitucional y el poder legítimamente constituido».

Así, deniega la inhibición al estimar que «no se puede admitir una competencia para instruir de forma sesgada unas concretas detenciones ilegales sin dar razón del paradero» ocurridas en el partido judicial de San Lorenzo de El Escorial, «independiente del resto de hechos delictivos cometidos a nivel nacional», dice, y añade «so pena de pensar que las acciones delictivas de nuestra historia patria que ha tenido reflejo en el sumario fueran aisladas; que no estuvieran organizadas bajo un plan preconcebido; que no fueran cometidas por un grupo organizado militar y rebelde y que, en su lugar, fueron cometidos a título particular, sin conexión, con una responsabilidad también aislada e individual y diseminada por todo el territorio nacional con coincidencia en el tiempo».
El pasado diciembre, Garzón se inhibió en favor de juzgados territoriales en función de los hechos acontecidos en su respectiva jurisdicción. Así, envió la causa a los Juzgados de Instrucción de La Coruña, Asturias, Badajoz, Burgos, Castellón, Córdoba, Granada, Huelva, Huesca, León, Lugo, Madrid, Navarra, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Soria, Toledo, Zamora, Zaragoza, Alicante, Valencia, Manacor y Palma de Mallorca.
Se inhibió también a favor de los Juzgados de Instrucción decanos de las localidades de Herrera del Duque (Badajoz), Pamplona (Navarra), Trujillo (Cáceres) y Astorga (León) para que sean estas dependencias judiciales las que den respuesta a las exhumaciones solicitadas por particulares y asociaciones de memoria histórica.
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