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Actualizado Viernes, 22-05-09 a las 14:42
El grupo turístico Globalia, propietario de Viajes Halcón, Viajes Ecuador, Travelplan y Air Europa, ha sido sancionado con seis multas que ascienden a 59.125 euros por anunciar precios inferiores a los reales en campañas publicatarias de su aerolínea, así como de sus agencias de viajes, según ha informado hoy la Federación de Consumidores de Acción (FACUA).
Además, Globalia se enfrenta actualmente a otros tres expedientes sancionadores pendientes de resolución, fruto de otras denuncias por publicidad engañosa planteadas por la organización de consumidores.
Globalia, cuya sede social está en las Islas Baleares, ha sido multada por el Gobierno balear en tres ocasiones. Por su parte, el Gobierno vasco ha resuelto imponerle tres sanciones y valora aplicar una cuarta. Asimismo, la Junta de Andalucía le ha abierto dos expedientes sancionadores.
La última resolución sancionadora del Gobierno balear, contra Halcón Viajes, está fechada en marzo de 2009 y tiene una cuantía de 7.015 euros. Se suma a otra multa contra la agencia de viajes de 7.100 impuesta en marzo de 2008, en ambos casos por anuncios realizados conjuntamente con Viajes Ecuador. Ese mismo mes, Baleares sancionó con 3.010 euros a Air Europa por ofertar vuelos cuyos precios reales eran distintos a los de su publicidad.
Por otro lado, el Gobierno vasco ha impuesto Viajes Ecuador dos multas este año, en marzo y abril, de 15.000 euros cada una, por campañas desarrolladas de forma conjunta con Halcón Viajes. A mediados de 2008 la sancionó con otros 12.000 euros. Las seis multas suman 59.125 euros.
En todos los casos, las irregularidades consistían en mostrar ofertas engañosas, indicando en una tipografía más pequeña en los anuncios en prensa que al precio anunciado en grandes caracteres había que sumarle conceptos como cargos adicionales por la gestión o por el incremento de los carburantes así como las tasas de los puertos marítimos e incluso propinas que se imponen en los cruceros.
Qué dice la ley
El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece en su artículo 60 que "en toda información al consumidor sobre el precio de los bienes o servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación u otras condiciones de pago similares".
Asimismo, la Ley 34/1988 de 11 de noviembre General de Publicidad define en su artículo 4 como engañosa aquélla que "de cualquier manera, incluida su presentación, induce o puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor". "Es asimismo engañosa", continúa la norma, "la publicidad que silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios cuando dicha omisión induzca a error de los destinatarios".
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