Publicado Sábado, 09-05-09 a las 06:56
Tenía que ocurrir y ha ocurrido. La CNMV, organismo que preside Julio Segura, ha advertido a la banca que va a vigilar estrechamente la forma que el sector financiero está usando para colocar en el mercado emisiones de deuda, de preferentes y de todo tipo de instrumentos complejos destinados a reforzar su capital.
Bajo el formato de carta a las patronales de bancos, cajas, cooperativas de crédito y cajas rurales, el supervisor bursátil acusa con el dedo al sector financiero de no estar actuando con la transparencia exigible en la colocación a sus clientes de productos financieros complejos y exige que terminen con estas prácticas, advirtiendo que va a seguir con lupa estas emisiones.
Las prácticas denunciadas por la CNMV no son otras que la habitual colocación entre los clientes de emisiones no verificadas en la CNMV, sin advertir de ello a unos clientes a los que se ofrece un producto financiero complejo, muchas veces falto de liquidez y sin advertir de los riesgos que el cliente asume con la inversión. Según la CNMV, estas colocaciones «se han colocado básicamente a inversores minoristas a través de su propia red comercial».
La CNMV recuerda que «tanto las emisiones revisadas como las no verificadas previamente por la CNMV, así como el resto de instrumentos financieros, deben comercializarse cumpliendo los requisitos de información previstos en la Ley de Mercado de Valores y disposiciones normativas que la desarollan para conseguir una adecuada protección de los inversores».
La Comisión hace una serie de recomendaciones a las entidades financieras sobre la comercialización de estos productos. La primera de ellas es la distinción entre las tareas de asesoramiento a los clientes y las de comercialización. En definitiva, insiste en que en las oficinas no se aconseje al cliente la suscripción de determinados productos financieros complejos por la misma persona que es comisionista de su colocación.
Advierte también el supervisor bursátil que no admitirá una de las prácticas más habituales en este tipo de colocaciones, como es el que el cliente firme que la iniciativa de suscripción del producto ha sido suya y no de la entidad, ya que entiende que se trata de una cláusula abusiva que se obliga a firmar al cliente y que en la mayor parte de las ocasiones el proceso es el contrario, ya que es la entidad la que ofrece el producto al cliente.
«Ello es especialmente claro en determinados casos como en emisiones colocadas principalmente entre la propia clientela del emisor y en las que se ha realizado una importante campaña de venta», subraya la CNMV.


