Lunes, 30-03-09
Del país de Nunca Jamás al universo de los derechos civiles, nuestros menores recorren una senda de incoherencias jurídicas que condicionan sus vidas y las llenan de contrasentidos y paradojas. El empeño del Ministerio de Igualdad por permitir que las jóvenes de dieciséis años puedan interrumpir su embarazo sin consentimiento paterno confronta la madurez real de nuestros jóvenes con aquellas libertades y derechos que el Estado les reconoce. «Efectivamente, el grupo de expertos que ha asesorado al Ministerio para la reforma de la Ley del Aborto, ha tenido en cuenta que a una joven de esa edad se la considera madura para contraer matrimonio sin consentimiento» informa María de la Válgoma, catedrática de Derecho y autora de «Edades ciertas e inciertas en Derecho».
Responsables para abortar
Responsables para abortar, para casarse pero inmaduros para apostatar, comprar tabaco, hacerse un «piercing», viajar o federarse en algún deporte. «La incoherencia de la norma española es escandalosa -prosigue María de la Válgoma-, pero no creo que sea intencionada por parte de los legisladores, más bien se trata de contradicciones fruto de leyes que se han ido aprobando en épocas distintas sin coordinación alguna».
¿Son tan maduros nuestros adolescentes como para acatar sin amparo paterno una decisión tan trascendental como la de abortar? «El apoyo de la familia es fundamental a la hora de afrontar un trance como éste. El aborto que pone a prueba la madurez no sólo de las niñas, sino de cualquier persona que se enfrente a la decisión. Pero de esta forma, al prescindir del asentimiento de los padres en una decisión tan trascendental para el desarrollo psicológico se limita a los progenitores la potestad de educar a sus hijos».
Precisamente, el pasado jueves una delegación del Consejo de la Juventud de España (CJE), encabezada por su Presidente, Daniel Lostao, se reunió ayer con la Ministra de Igualdad, Bibiana Aído, para tratar la modificación de la ley del aborto. Lostao insistió en la importancia de la prevención y de la educación para prevenir embarazos no deseados. «Corremos el peligro de que el aborto se convierta en un método anticonceptivo más, según la experiencia que tenemos», explica María de la Válgoma. La catedrática recuerda que, de hecho, el riesgo psicológico para la madre como supuesto para el aborto no punible «se ha convertido en todo un coladero al que se arriman muchas adolescentes, muchas de ellas reincidentes en la interrupción voluntaria del embarazo».
El colmo de la paradoja se produce en el ámbito sanitario: una joven de dieciséis años es libre de someterse sin consentimiento paterno a una operación de estética con toda la complejidad médica que supone y las consecuencias psicológicas que acarrea y, sin embargo, en algunas comunidades autónomas españolas los menores de dieciocho años no pueden hacerse un inofensivo «piercing» o tatuarse el cuerpo sin un justificante de sus progenitores.
Según la Ley de Autonomía del Paciente, aprobada en 2002, los pacientes de entre 16 y 18 años pueden decidir sobre cualquier tratamiento o intervención, incluso rechazar un trasplante sin consultar en absoluto la figura paterna. Sólo existen tres excepciones: participación en ensayos clínicos, aplicación de técnicas de reproducción asistida e interrupción del embarazo.
Si la recomendación del Comité de Expertos de Ministerio de Igualdad prospera, ésta última excepción desaparecerá. Según el presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario, Ricardo de Lorenzo, si se unifica la mayoría de edad para la toma de decisiones se evitarán las desigualdades que se van a producir al permitir a las adolescentes de dieciséis años interrumpir su embarazo de manera voluntaria sin necesidad de consentimiento paterno.
La edad mínima para mantener relaciones sexuales consentidas con un adulto (13 años) también ha generado alboroto en la opinión pública. Juicioso para practicar sexo pero inmaduro para comprar una lata de cerveza, ni siquiera con autorización paterna.
«La norma es tremendamente contradictoria: a los chavales se les da mucha capacidad en el ámbito personal pero se les limita en lo patrimonial: no pueden abrir solos una cuenta corriente, firmar un contrato de compra-venta ni votar, aunque tengan responsabilidad penal».
En nuestro país, frente a quienes estiman que sería necesario reformar la Constitución, bastaría que la legislación electoral admitiera el sufragio activo desde los 16 años, dado que el anticipo del derecho al voto no vulneraría ni limitaría la mayoría de edad constitucionalmente fijada en los 18 años. participar en los asuntos públicos, consagrado en el artículo 23 de la Constitución y reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos a «toda persona», sin vincularlo a la mayoría de edad.
Rebajar la edad de votar
El filósofo José Antonio Marina y la profesora De la Válgoma a petición del alcalde de Sevilla emitieron en 2005 un informe en el que se declaraban a favor de rebajar la edad de voto a los 16 años, como ya pasa en Austria. En el texto se explicaba que a los dieciséis años «ocurren dos hechos de enorme trascendencia personal y social: termina el periodo de enseñanza obligatoria, y se permite la incorporación al mundo del trabajo. Nos parece que la extensión del derecho a voto a los 16 años es viable porque a esa edad los adolescentes tienen las capacidades intelectuales, afectivas y volitivas requeridas para actuar responsablemente. Pero, además, estimamos que sería un eficaz instrumento para educar socialmente a los adolescentes».



