La Audiencia de Cantabria ha condenado a un padre a indemnizar con 29 euros a su hijo de tres años, al que pegó una bofetada y una patada en la cara en agosto de 2008. Además el tribunal ha retirado la patria potestad a Silverio S. T. durante dos años y cuatro meses y le ha impuesto una pena de 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad como autor de un delito de malos tratos en el ámbito de la comunidad. Esta es la tercera condena impuesta a Silverio, un súbdito peruano de 25 años, por el delito de maltrato en el ámbito familiar.
La sección tercera de la Audiencia confirma así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 4, condena que el acusado apeló porque durante el juicio su compañera sentimental y madre del pequeño, que fue quien denunció la agresión ante la Policía, se retractó y dijo que no había visto a su esposo propinar una patada en la cara al pequeño. Y es que la pareja no llegó a romper la relación de convivencia y en la actualidad «mantienen una relación muy buena», según declaró ayer a este periódico una fuente próxima a la mujer.
Los hechos ocurrieron a las diez de la noche del día 10 de agosto de 2008 cuando Silverio acudió al domicilio donde residía con su mujer y dos de los tres hijos menores de edad que tiene con ella. La pareja discutió y en el curso de la trifulca el acusado propinó a su hijo de tres años una bofetada en la cara y después una patada. Como consecuencia de la agresión el pequeño sufrió una hemorragia nasal que curó en un día.
Es la tercera condena impuesta al padre, un súbdito peruano, por un delito de maltrato en el ámbito familiar
La madre llamó a la Policía que acudió al domicilio, donde encontró un reguero de sangre por el salón y el pasillo. La mujer contó a los agentes que el padre había golpeado al menor. La declaración la mantuvo en el juzgado, donde describió cómo se habían producido los golpes. Sin embargo, llegado el momento del juicio oral, la mujer se retractó y dijo que no vio la agresión. Pero el juez de lo Penal no creyó la marcha atrás de la compañera sentimental del acusado y dio por probado los hechos.
Un precedente más severo
Con más dureza reaccionó un juzgado de Jaén al condenar hace tres meses a una madre a 45 días de prisión por propinar a su hijo un bofetón. A la progenitora también se le prohibió acercarse a su hijo durante más de un año por un delito de malos tratos. La sentencia declaró probado que María del Saliente A. M. estaba en su domicilio de Pozo Alcón (perteneciente a Jaén) cuando recriminó a su hijo de diez años de edad porque no había hecho los deberes del colegio, a lo que el crío le respondió tirándole una zapatilla y corriendo a encerrarse inmediatamente en el cuarto de baño.
La madre fue tras el pequeño y, pese a la oposición del menor, consiguió abrir la puerta, lo que hizo que el niño cayera al suelo. Fue entonces cuando la condenada le levantó agarrándole del cuello, dándole seguidamente un tortazo por detrás en la cabeza que hizo que se golpeara la nariz y sangrara. Para la magistrada quedó acreditado que la madre «cometió un acto de agresión contra su hijo».