Agrupar edificios y contratar de forma globalizada
Sorprende que, al margen de las propuestas más o menos anecdóticas ya señaladas, el documento recoja otras muchas recomendaciones que deberían haber sido norma lógica de funcionamiento en la Administración. Así, por ejemplo, pide López Revilla que «se tenderá a concentrar y agrupar unidades en los edificios actuales, con preferencia en los que son Patrimonio del Estado, procurando reducir el número de inmuebles en régimen de alquiler...». La cuestión es saber por qué esta recomendación no es lo habitual en la Administración. Asimismo, plantea otra cuestión que debería resultar obvia, pero que no se cumple normalmente. Solicita que: «Las labores de conservación y mantenimiento de inmuebles se realizarán en la medida de lo posible con personal de oficios del Departamento». O que «las nuevas contrataciones de mantenimiento de instalaciones -equipos contra incendios, climatización, etc.- se tenderán a hacer de forma globalizada, incluyendo varios edificios e instalaciones, en contratos de mantenimiento integral». ¿Es que no se hacía así? ¿Por qué?
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