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El Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional considera que ni siquiera en el momento en el que el juez Baltasar Garzón abrió la causa general contra el franquismo había personas susceptibles de ser imputadas por esos hechos, pues ya estaban todas muertas. Así lo aseguran los magistrados en el auto en el que declaran que Garzón no es competente para investigar las muertes durante la Guerra Civil y el franquismo en el bando republicano.
Tampoco es «(...) competente porque la responsabilidad criminal de las personas presuntamente responsables es inexigible a la fecha de incoación de las diligencias por estar todas premuertas, de modo que no hubo causa penal contra ellas en momento alguno», sostiene la Sala. Sobre la extinción de responsabilidades penales acordada por el juez en el auto en el que él mismo se declaró incompetente para instruir esta causa, los magistrados añaden que no puede extinguir responsabilidad penal alguna quien no es competente para hacerlo. Así, no sólo deja sin efecto la resolución citada, sino también la de la apertura de más de una veintena de fosas acordada por el juez el pasado 16 de octubre. A partir de este momento, será cada juzgado territorial el que decida caso por caso si se exhuman los restos de fallecidos hace setenta años.
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