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Miércoles, 03-12-08
IVA ANGUERA DE SOJO
BARCELONA. El Consell Executiu aprobó ayer la propuesta de reforma del Código Civil catalán en sus apartados referidos al derecho de familia, un texto especialmente polémico por su regulación de los derechos de menores adoptados o las obligaciones parentales que añade al actual Código de Familia catalán. El texto, que ayer presentó oficialmente la consellera de Justicia, Montserrat Tura, y que a partir de ahora iniciará su trámite parlamentario para ser aprobado por el Pleno de la Cámara autonómica, establece la obligación de informar a los niños adoptados sobre su verdadero origen «como requisito indispensable para que pueda ejercer su derecho a conocer a sus padres biológicos».
A pesar de ello, Tura defendió que «el Govern no quiere entrometerse en la vida íntima» de los catalanes, pero argumentó que todo lo regulado por el nuevo Código Civil en materia de familia se sustenta en los problemas que después llegan a los tribunales y que tiene como objetivo prevenir la judicialización de los conflictos en el ámbito privado.
El nuevo Libro II del Código Civil catalán establece además el concepto de «responsabilidad parental» exigible a los padres independientemente de que el progenitor hubiera tenido conocimiento de ese niño o de que se hayan creado lazos familiares de convivencia. Es decir, se podrá exigir a un padre que asuma sus responsabilidad en la manutención y educación de un niño en cualquier momento, aunque hasta entonces no hubiera tenido conocimiento de su existencia hasta ese momento.
Paralelamente, un hombre podrá declararse padre de un niño sin someterse a ninguna prueba de paternidad -al contrario de lo que sucede en el resto de España- siempre que cuente con la aquiescencia de la madre.
La «valentía» del Govern
Tura defendió el texto como uno de «los códigos familiares más modernos» en lo referente a los apartados de familia «porque establece que la separación o divorcio no alteran la responsabilidad respecto a los hijos». Y se defendió que «hemos sido valientes» con la regulación de estas figuras más polémicas. «Hemos aprobado la ley salvando las figuras propias de nuestro código y salvando la heteronegneidad de nuestras familias».
El proyecto de ley incorpora el concepto de progenitores en lugar del de padres y asume la existencia de distintas formas de convivencia, lo que incluye las parejas homosexuales, las familias monoparentales y también las reconstituidas, destacó la consellera de Justicia.
El texto hace además una apuesta por la custodia compartida en caso de divorcio para «romper la tendencia actual» de la adjudicatura a conceder la custodia a uno de los progenitores, especialmente a la madre. Y recupera figuras del derecho civil catalán clásico como los «capítulos matrimoniales» para establecer las condiciones de una eventual separación antes de que se llegue a este punto. Unos acuerdos que deben establecer condiciones económicas, custodia de los hijos o uso del domicilio conyugal en caso de ruptura.
El proyecto se di vide en cuatro capítulos que regulan la persona física, las instituciones de protección de la persona, la familia y el resto de relaciones de conveniencia. Un texto que no supone una ampliación normativa, destacó Tura, puesto que implica la derogación de tres leyes y parte de una cuarta.
Nuevas vías de incapacitación
El nuevo texto sí amplía la regulación sobre la incapacitación legal de personas, para crear figuras intermedias como los poderes preventivos o la mediación familiar. Bajo la premisa de que la incapacitación es, en muchos casos, una figura demasiado drástica, se incorporan estas nuevas figuras de poderes preventivos y la asistencia para tratar situaciones derivadas de la vejez, una discapacidad psíquica leve, drogodependencias, ludopatías, o casos similares.
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