El Juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Albacete ha anulado el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento socialista de Hellín, de 15 de marzo de 2007, por el que se concedió la licencia urbanística para realizar obras contempladas en el proyecto básico y de ejecución de construcción de ciento cinco viviendas unifamiliares de lujo en la Fase 1 del la urbanización «Las Higuericas», por no «ajustarse a derecho». Grupos ecologistas habían denunciado que la edificación de los chalés tendría lugar en terrenos protegidos, ya que se trata de una zona de especial protección para las aves (ZEPA) incluida en la red Natura 2000.
A pesar de la denuncia de los ecologistas, la propia Junta de Castilla-La Mancha negó en su día que el proyecto de urbanización de «Las Higuericas» afectara a terrenos protegidos. Así, el entonces consejero de Vivienda y Urbanismo, Alejandro Gil, afirmó que, tras los informes de su Consejería, este proyecto «se redujo considerablemente» y se restringió a terrenos agrícolas sin valor. La polémica macrourbanización proyectada en el municipio albaceteño de Hellín preveía la construcción de 700 chalés con piscina.
Reparcelación de 60 hectáreas
El proyecto de la urbanización «Las Higuericas» comenzó después de la recalificación como urbanizable y correspondiente reparcelación de más de sesenta hectáreas, solicitada por el Pleno del Ayuntamiento de Hellín -gobernado por el socialista Diego García Caro, que también es diputado de este partido por Albacete- y aprobada en mayo de 2005 por la Mesa Provincial de Urbanismo.
En mayo de 2006, se iniciaron las obras del chalet piloto de la futura urbanización. Ecologistas en acción, entre otros colectivos, presentó alegaciones a la aprobación de la recalificación, reparcelación y al estudio preliminar de impacto ambiental, que según esta organización «fueron desestimadas sin ninguna respuesta», a pesar de que posteriormente, después de recabar su apoyo, la Defensora del Pueblo de Castilla La Mancha instara al Ayuntamiento de Hellín y a la Consejería de Vivienda y Urbanismo de la Junta a contestar a las alegaciones.
Antes del PORN
Por su parte, el Ayuntamiento mantuvo durante todo el procedimiento que el suelo donde se ubicarían las viviendas «es un suelo urbano y que los objetivos del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) no estaban determinados aún en el momento de la aprobación del proyecto».
Sin embargo, en sus fundamento jurídico tercero, la sentencia señala que durante la tramitación de un PORN «no podrán realizarse actos que supongan una transformación sensible de la realidad física y biológica que pueda llegar a hacer imposible o dificultar de forma importante la consecución de los objetivos del plan, lo que determina la anulación de la licencia.
Hasta el próximo miércoles, podrá interponerse un recurso de apelación contra esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.