Algunos nobles son de Odyssey
Resulta sorprendente: algunos miembros de la nobleza española se han lanzado sobre los despojos del tesoso de La Mercedes, presuntamente expoliado por Odyssey Marine Exploration, a pesar de que su iniciativa es manifiestamente contraria a los intereses de Espaa.
Como recordarán los lectores, los cazatesoros ... pleitean con España por la custodia de la carga de monedas de plata y oro, además de otros objetos valiosos, extraídos por la empresa norteamericana. Sirviendo a los intereses de Odyssey, los nuevos demandantes tratan de hacerse con un pedazo de lo que para España es ni más ni menos parte fundamental del patrimonio histórico y la memoria naval.
El plazo acabó en 1870
Pero además, como ya publicó ABC, ninguno de los descendientes de aquellos que vieron hundirse su fortuna tienen ya derecho a reclamar una parte porque durante el siglo XIX fueron indemnizados por el gobierno de España. Para aquellos que no lograron demostrar su derecho, por demás, los plazos se agotaron hace más de 100 años, entre 1870 y 1871, de acuerdo con la investigación jurídico-histórica del abogado José María Lancho.
Los descendientes de aquellos infortunados potentados que reclaman una vez más su parte de los cientos de miles de monedas de plata y oro más otros efectos valiosos son los siguientes: Gonzalo de Aliaga, conde de San Juan de Lugaricho; Agustín de Aliaga, Marqués de Zelada de la Fuente; gonzalo Álvarez del Villar, Ignacio de Colmenares, conde de Polentinos; Alberto Emilio Thiessen, Enriqueta Pita Duthurburu, Flora Leonor Perales Calderón de Colmenares, Felipe Voyest, Adela Armida de Izcue Bazo, Carola Daireaux Kinsky, Eleonora Daireaux Kinsky, Matilde Daireaux Kinsky, Julio Vega Eurasquín, Inez Márquez Osorio, Javier de Goyeneche, conde de Guaqui y Marqués de Villafuente.
Están de acuerdo con Odyssey
Todos ellos aparecen como nuevos demandantes en un documento del juzgado de Tampa remitido el pasado viernes, en el que se indica que han llegado a acuerdos personales con Odyssey para que la empresa se quede su recompensa por salvamento de la carga, algo que España niega a los cazatesoros por haber violentado el yacimiento y sospechas de expolio.
En diciembre de 1869, se emitía una Instrucción que regulaba las caducidades de las reclamaciones de aquellas víctimas que debían ser indemnizadas por el apresamiento de buques de la Real Armada a manos de Inglaterra.
El artículo 9 de esa Instrucción de 1869 explica que los demandantes de indemnizaciones debían presentar « bajo pena de caducidad (...) los documentos que acreditan el apresamiento del buque, el hecho del embarque del metálico, géneros y efectos apresados, el valor de estos y el del buque».
No todas las víctimas tuvieron la suerte de reunir la documentación necesaria. Por ello, en diciembre de 1870 aún se publicaban varias cuantiosas reclamaciones caducadas de algunos herederos. Según demostró Lancho, los damnificados por el hundimiento de La Mercedes «fueron indemnizados por el Reino de España antes de 1870 o bien vieron prescritos sus derechos o caducadas sus reclamaciones por defecto de algún documento».
Pasando por alto todo ello, los demandantes, muchos con título de la nobleza española, han decidido primar su interés particular sobre el interés de España en este pleito contra los cazatesoros, en una estrategia más que dudosa que sólo permitiría, de seguir adelante, asegurar un infierno jurídico a los Estados que se vean expoliados por el pingüe negocio de los piratas del siglo XXI.
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