Actualizado Martes, 11-11-08 a las 13:45
El Supremo ha sentenciado que el ruido de Barajas, el causado por el sobrevuelo de aviones a baja altura, especialmente durante las maniobras de aterrizaje en la pista, viola el derecho a la integridad física y moral y a la intimidad domiciliaria de los vecinos y obliga a la administración ha tomar las medidas oportunas.
La sentencia recoge así el fallo:
1º Que ha lugar a los recursos de casación interpuestos con el nº 1553/2006, por una parte, por don Jaime del Barrio Pisón, don Jesús Coca Gradín, don Francisco Cánovas Gómez y don Christopher Lawrie Turner y, por la otra, por don Saturnino Polanco Prieto contra la sentencia nº 115, dictada el 31 de enero de 2006, por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que anulamos.
2º Que estimamos en parte el recurso 109/2004 y declaramos que los recurrentes han padecido la vulneración de su derecho fundamental a la intimidad domiciliaria como consecuencia del ruido producido por el sobrevuelo de aviones de la Ciudad Santo Domingo en que residen y, en consecuencia, les reconocemos su derecho a que por la Administración
a) Se adopten las medidas precisas para que cese la causa de esa lesión; y
b) Se indemnice a don Jaime del Barrio Pisón, a don Jesús Coca Gradín, a don Francisco Cánovas Gómez, a don Christopher Lawrie Turner y a don Saturnino Polanco Prieto con la cantidad de 6.000 euros a cada uno por los perjuicios sufridos.
3º Que no hacemos imposición de costas en la instancia debiendo correr cada parte con las suyas del recurso de casación.
Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.


