Hazte premium Hazte premium

Cierre ¿legal?

La UEFA ha sancionado al Atlético con el cierre del Calderón por dos partidos por «falta de organización» y «conducta impropia de los seguidores». Esto, que al aficionado español le es desconocido porque los cierres aquí son pocos y de menor entidad, a la UEFA no le cuesta reparos. No discutimos si se deben sancionar hechos contrarios al fútbol, sino que la decisión del Comité no ha tenido en cuenta hechos y pruebas, pecando de querer comenzar la temporada con un castigo ejemplar.

¿Por qué no solicitar de cada club un listado de «elementos peligrosos» e impedir que viajen? En vez de eso, la UEFA aplica, en su artículo 6.1 del Reglamento Disciplinario, la «responsabilidad objetiva» que hace que el club receptor sea responsable de todo lo que pase dentro (y fuera, ¡ojo!) del estadio. Otra solución sería la responsabilidad compartida de los clubes, cuando se demuestre que existen hechos realizados por aficionados del contrario. Esa responsabilidad haría que los aficionados visitantes, ante una posible sanción a su club, se tuvieran que refrenar.

Son dos mínimas soluciones que podrían evitar hechos como los producidos y, sobre todo, sanciones que son exageradas por cuanto no son producto del propio club y que, esperemos, el Comité de Apelación de la UEFA retire con la apelación que el Atlético ha anunciado.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación